El TSJPV avala el ERE de Aernnova aunque reconoce que implica "un sacrificio laboral desgraciado"

Concentración de trabajadores de Aernnova
Concentración de trabajadores de Aernnova - Europa Press
Publicado: jueves, 29 abril 2021 15:52

La Sala de los Social desestima las demandas sindicales y señala que el despido colectivo de 55 trabajadores es "ajustado a derecho"

VITORIA, 29 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha declarado "ajustado a derecho" el Expediente de Regulación de Empleo en Aernnova Aeroestructuras Álava (AAA) y ha desestimado las demandas presentadas por ELA, LAB, LSB-USO y el comité de empresa frente a este ERE, que ha supuesto el despido de 55 trabajadores. El TSJPV considera que este despido colectivo es una medida "racional y proporcional" a la situación de la empresa, si bien reconoce que supone "un sacrificio laboral desgraciado".

En la sentencia de la Sala de lo Social del TSJPV, fechada a 27 de abril y que puede ser recurrida, se constata que en el ERE "no se dan las infracciones jurídicas" denunciadas por los demandantes.

La resolución del TSJPV, recogida por Europa Press, añade que no se ha producido "incumplimiento alguno" de los acuerdos laborales en esta empresa, y que en el procedimiento del ERE "se han observado escrupulosamente las formalidades legales, documentales e informantes".

"BUENA FE EN LA NEGOCIACIÓN"

De esa forma, señala que se ha desarrollado un procedimiento "acorde y reglado", con un periodo de consultas "conveniente", que demuestra "una buena fe en la negociación".

La Sala de lo Social del TSJPV da por buenos los argumentos de Aernnova a la hora de justificar el ERE por una crisis estructural en el sector aeronáutico, puesto que destaca que "existe una causalidad" de carácter "productivo y estructural" para este medida.

De esa forma, considera que el ERE es una decisión "racional y proporcional, en términos de eficacia de organización productiva". La sentencia subraya que se trata, por tanto, de una medida "adecuada", que "no permite mayor control judicial sobre su idoneidad, adopción y oportunidad", aunque suponga "un sacrificio laboral desgraciado".

NO SE VULNERAN DERECHOS

Por otra parte, considera que en el proceso del despido colectivo "no se constata ningún tipo de vulneración de criterios de selección y derechos fundamentales", ya sean estos referidos al derecho a la huelga, a una posible discriminación o a la situación derivada de la pandemia.

Por todo ello, la Sala de los Social del TSJPV decreta que el despido colectivo en Aernnova es una medida "ajustada a derecho". De esa forma, y a través de una única sentencia, desestima las demandas ELA, LAB, LSB-USO y el comité de empresa de la compañía, que ha analizado de forma conjunta.

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