MÉRIDA, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Penal 2 de Cáceres ha condenado a Juan Carlos M.T., cura de Arroyomolinos (Cáceres), a quince meses de prisión y al pago de 3.000 euros por un delito de continuado de exhibicionismo y por otro delito de abuso de menores.
En concreto, por el delito de continuado de exhibicionismo, se le condena a una pena de nueve meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la medida de dos años de libertad vigilada.
Por su parte, por el delito de abuso de menores, se le condena a seis meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a una medida de un año de libertad vigilada y a la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores edad por tiempo de cuatro años.
Asimismo, en concepto de responsabilidad civil, Juan Carlos M.T. debe indemnizar al menor en cuestión, en la persona de su representante legal, con una cantidad de 3.000 euros.
La sentencia, recogida por Europa Press, considera como hechos probados que el acusado conoció en torno al mes de septiembre de 2015 a un menor nacido en el año 2000, por tanto, cuando tenía éste 15 años.
Así, y según la sentencia, durante ese mes y el siguiente, el sacerdote le invitó a alguna consumición y a alguna cena en distintos locales de Cáceres, le compró alguna prenda de ropa de marca y juegos de videoconsola, además de invitarle a su domicilio en la capital cacereña.
En la segunda o tercera ocasión que el menor subió al domicilio del acusado éste, "con conocimiento de la edad del menor" y "con la finalidad de exhibir dicho material" puso un video de "contenido pornográfico" en un ordenador portátil que había sobre la mesa del salón y ambos visionaron dichas imágenes.
Seguidamente, Juan Carlos M.T. invitó al menor a quedarse a dormir, a lo que éste se negó "porque era tarde y tenía que volver a casa".
La siguiente vez que volvió a su domicilio el menor, el sacerdote volvió a poner el mismo tipo de videos y ambos los visionaron, lo que sucedió es que el acusado "comenzó a efectuar movimientos con la mano por dentro de los calzoncillos que al menor le hicieron pensar que se estaba masturbando".
Más adelante, la sentencia apunta que el menor volvió días después al domicilio del acusado y, dado que éste volvió a poner un video con "contenido pornográfico", grabó las imágenes con su teléfono móvil en las que se veía al acusado "en calzoncillos sentado en el salón viendo el mencionado video".
La sentencia apunta que a causa de tales hechos, el menor sufrió una "elevada sintomatología ansioso-depresiva, hiperactivación, así como la afectación de hábitos y rutinas que aconseja el abordaje psicoterapéutico".
Contra esta sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de diez días a partir del siguiente a su notificación.
Cabe recordar que la Diócesis de Coria-Cáceres, de la que formaba parte Juan Carlos M.T., le apartó de su actividad cuando salieron los hechos a la luz en abril del año pasado.