MÉRIDA 9 Ago. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Educación y Cultura ha manifestado que ha adaptado el proceso de matriculación para el curso 2012-13 a los criterios que fija una sentencia del 12 de abril de 2012 del Tribunal Supremo y que afecta a ciertos aspectos sobre la regulación de las enseñanzas de religión.
Concretamente el pasado 17 de julio se publicó en el Diario Oficial de Extremadura la orden por la que se modifica la anterior que fue objeto de un recurso contencioso-administrativo interpuesto por la organización de Escuelas Católicas FERE-CECA, según ha explicado el Gobierno de Extremadura en nota de prensa.
En este sentido, el secretario general de Educación, César Díez Solís, ha afirmado que los centros recibieron "las pertinentes instrucciones" el pasado mes de junio para que en caso de que los padres o tutores legales no consignen sus preferencias en el sobre de matrícula se les requiera que se pronuncien sobre las mismas. La administración, ha subrayado Díez Solís, "no puede suplir esa decisión".
La orden de 2008 recogía en su artículo 11.2 "que los padres o tutores de los alumnos manifestarán, a comienzo de cada curso escolar, su voluntad de que sus hijos reciban la enseñanza de religión. Cuando no lo hicieren, se entenderá que no optan por estas enseñanzas".
FERE-CECA, ha indicado el gobierno extremeño, entendía que la administración no podía interpretar el silencio de los padres o tutores como una negativa a recibir enseñanzas de religión por lo que presentó un recurso al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que fue admitido a trámite el 26 de septiembre de 2008.
Así, este tribunal dictó su sentencia el 23 de febrero de 2010, estimando íntegramente el recurso interpuesto por FERE-CECA, al entender que el texto de la Orden de 2008 "contraviene el principio de jerarquía normativa y normas de rango superior de forma tácita y expresa".
Ante esta sentencia, la Administración regional presentó el 19 de julio de 2010 un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que se resolvió el pasado 12 de abril con un fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que confirma la sentencia precedente