MÉRIDA, 16 Mar. (EUROPA PRESS) -
El rector de la Universidad de Extremadura (UEx), Antonio Hidalgo, ha dictado una resolución por la que se suspende toda actividad presencial en la universidad como consecuencia de la declaración del estado de alarma provocado por el COVID-19.
Así, la UEx ha establecido la suspensión de manera inmediata de todas las actividades presenciales, académicas y no académicas, en los diversos centros de la universidad extremeña.
Además, los edificios de la UEx permanecerán cerrados hasta nueva orden. No obstante, ha precisado que como la declaración de estado de alarma permite el "desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar la prestación laboral, profesional o empresarial", los miembros de la comunidad universitaria, exceptuando a los estudiantes, podrán acceder voluntariamente a los edificios, en el mismo régimen que el establecido para los fines de semana, a fin de realizar tareas imprescindibles relacionadas con la docencia, la investigación, la gestión o la administración.
La UEx también ha autorizado la modalidad de teletrabajo para todo el personal de la universidad, siempre que sea posible, con el fin de facilitar la prestación de los servicios que no sean declarados esenciales. La supervisión y organización de este teletrabajo deberá realizarse a través de los responsables de los diferentes servicios y unidades, bajo la coordinación del rector y del gerente.
Por su parte, en cuanto a los servicios esenciales, se considera como tales el rector, el gerente, el servicio de gestión financiera y presupuestaria, el servicio de gestión económica, contratación y patrimonio y el servicio de retribuciones y seguridad social.
También el servicio de recursos humanos, el servicio de informática y comunicaciones, Campus Virtual, el Laboratorio de Radioactividad ambiental, el servicio de animalario y experimentación animal, la unidad técnica de obras y mantenimiento y el servicio de prevención de riesgos laborales.
La gerencia determinará el número de efectivos necesario y la forma de ejecución del servicio, al igual que podrá actualizar esta lista de servicios esenciales en función de las necesidades que considere, según aparece en la resolución recogida por Europa Press.
Por su carácter estratégico, se delega en el vicerrector de Transformación Digital, en el director del Servicio de Informática y Comunicaciones, y en el director del Campus Virtual, en coordinación con la gerencia, la organización de personal que consideren más oportuna para el buen funcionamiento de estos servicios que, en la medida de lo posible, actuarán de forma remota.
SEGURIDAD PARA LA SALUD
De la misma manera, se tomarán las medidas oportunas para garantizar la seguridad de la salud de las personas que tengan que realizar los servicios y actividades esenciales establecidos, con especial atención a las personas de mayor vulnerabilidad (mayores de 60 años, hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, cáncer, inmunodeficiencias o mujeres embarazadas).
Estas medidas se establecen sin perjuicio de la sujeción de todo el personal a las necesidades del servicio y de su disponibilidad, cuando se les requiera para la prestación del mismo, debiendo estar localizables por vía telefónica y/o telemática.
En cuanto a la ausencia justificada, se considerará como tal, sin pérdida de derechos, los supuestos en los que no sea posible la realización de la jornada mediante teletrabajo y no sea necesaria la asistencia presencial de los trabajadores.
También, mientras dure el estado de alarma, y salvo circunstancias excepcionales que deberán ser expresamente autorizadas por el rector o persona en quien delegue, quedan suspendidos todos los permisos de desplazamiento por motivos laborales del personal de la UEx.
SUSPENSIÓN DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS
En aplicación de la disposición adicional tercera del RD 463/2020, de 14 de marzo, quedan suspendidos los términos y plazos de todos los procedimientos administrativos que se encuentren iniciados y en tramitación en la Universidad de Extremadura.
Del mismo modo, quedan suspendidos los términos y plazos de todos los procedimientos administrativos cuyo inicio debiera producirse durante el periodo de vigencia del estado de alarma.
Cuando se advierta la posibilidad de que esta suspensión de términos y plazos pueda causar perjuicios graves en los derechos e intereses de los administrados, se pondrá en conocimiento del interesado y, previa su conformidad, se acordarán mediante resolución motivada del rector, las medidas de ordenación e instrucción necesarias.
Si, por cualquier causa justificada, el interesado en un procedimiento manifestara, por escrito identificando claramente de qué procedimiento se trate, su conformidad con que no se suspenda el plazo del mismo, se acordará mediante resolución motivada del rector la continuación de la tramitación del mismo.
Finalmente, la resolución exhorta a toda la comunidad universitaria a cumplir las instrucciones y recomendaciones emitidas por las autoridades sanitarias. Igualmente, se solicita a todos los miembros de la comunidad universitaria que sigan la información vinculada a canales oficiales y a los establecidos por la Universidad de Extremadura (web, correo y redes oficiales).
Dicha resolución y las medidas acordadas tienen efectos desde el domingo 15 de marzo y mantendrá su vigencia mientras se mantenga el estado de alarma o mientras la situación de emergencia sanitaria lo requiera.