SANTIAGO DE COMPOSTELA 6 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de A Coruña ha ratificado la desestimación del recurso presentado por la asociación de víctimas del accidente de Angrois Apafas, al que se adhirieron otras acusaciones y la defensa del único imputado en la causa, el maquinista, en el que se pedía practicar actuaciones.
De esta forma, este órgano judicial confirma el auto emitido por el juez Andrés Lago Louro, que recogió el testigo del caso de manos de Luis Aláez en el verano de 2014. En ese escrito judicial, se desestimaba, por ahora, practicar nuevas diligencias de investigación.
Con fecha de 5 de febrero de 2014, la sala presidida por Ángel Pantín Reigada apunta, en su auto, que en la resolución apelada "no se deniega la pertinencia de nuevas diligencias de investigación, ni tardía ampliación de la pericia que se propone", sino que "pospone la decisión sobre tales extremos a la evaluación de los informes periciales".
Precisamente, en diciembre del año pasado, el juez Lago Louro hizo un requerimiento y puso como límite el 31 de enero para que se entregasen los informes periciales definitivos que faltaban al respecto del siniestro ocurrido el 24 de julio de 2013, en el que fallecieron 79 personas, más dos pendientes de reconocer, y en el que más de un centenar resultaron heridas de diversa consideración.
En los últimos días se han conocido dos de estos informes. Uno de ellos, es el emitido por el ingeniero de telecomunicaciones, César Mariñas Dávila, y en él se concluye que con el sistema de control de velocidades ERTMS instalado y activo como estaba previsto en el proyecto inicial de la línea Ourense-Santiago, el accidente del Alvia "no se hubiera producido".
Por su parte, el ingeniero industrial José Manuel Lamela respalda en su informe el material rodante, ya que las autorizaciones de puesta en servicio y de circulación obtenidas por los trenes 'Alvia S7300', según su análisis, "se ajustaron y cumplieron, en todo momento, con las normas reguladoras". Con todo, este experto recomienda la participación "externa" de un organismo de certificación en estos procesos.
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En el auto, la Audiencia Provincial apunta que "es evidente que el juez instructor cuenta o contará de inmediato con los datos que derivan de tales informes periciales" y que, por lo tanto, "se encuentra en mejor posición (que la sala) para ponderar si las diligencias propuestas son útiles o no para la investigación".
De esta manera, el auto concluye que los recursos "han perdido materialmente su razón de ser" e incide en que el juez instructor es a quien "corresponde (en la normalidad procesal, en este momento) adoptar las decisiones sobre la pertinencia de las diligencias de investigación".