El Comité de Emerxencia da Ría de Ferrol valora la anulación del TS de la autorización administrativa previa de Reganosa

Actualizado: lunes, 4 abril 2016 18:34

Sostiene que el procedimiento ambiental "fue vulnerado" por la empresa con el "apoyo" de ayuntamiento y Xunta

FERROL, 4 Abr. (EUROPA PRESS) -

El coordinador del Comité de Emerxencia da Ría de Ferrol, Manuel Rodríguez Carballeira, ha considerado este lunes "muy positiva" la sentencia del Tribunal Supremo por la que estima un recurso contencioso-administrativo presentado por diversas entidades y anula la resolución que otorgó a Reganosa la autorización administrativa previa para la instalación de su planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado en Mugardos (A Coruña).

En concreto, el recurso fue interpuesto por la Asociación de Vecinos O Cruceiro de Mehá, de Mugardos (A Coruña), y otras entidades entre las que se encuentra el propio Comité de Emerxencia.

En declaraciones a Europa Press, Carballeira se ha mostrado "muy contento por esta decisión" en la que el Supremo "rectifica la sentencia anterior" del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y "vota a favor" de su recurso.

Además, ha hecho hincapié en que en el momento en que el Gobierno central aprobó la citada autorización, "no existían" todavía ni el Plan de Urbanismo de Mugardos ni su modificación puntual, documentos que "deberían servir como base para otorgar la licencia de construcción".

Quien fuera también concejal socialista en el vecino ayuntamiento de Fene, ha reiterado que "todo el procedimiento ambiental fue vulnerado por los promotores de Reganosa, con apoyo evidente en su momento tanto desde el Ayuntamiento de Mugardos como desde la Xunta".

INCUMPLIENDO LA LEY

Además, ha augurado que la empresa tratará de decir "que con ellos no va la cosa", ya que, desde su perspectiva, "para eso tienen de socio al Gobierno de la Xunta, con el aumento hace poco de su (parte en el) accionariado, y este es el elemento que les facilita el seguir incumpliendo la ley".

En la misma línea, Rodríguez Carballeira ha trasladado que, tras esta "nueva sentencia negativa" del TS, no tiene "ninguna duda de que se hará una nueva modificación de plan de urbanismo para seguir erre que erre para continuar ahí" pese a que "no hay que ser ningún experto en derecho para ver que está a tan solo 100 metros de las viviendas".

En este punto, ha recordado que una reciente sentencia del mismo tribunal "dictaminó la ilegalidad de la planta de El Musel", en Gijón (Asturias), a pesar de que "está en mar abierto y a 1.000 metros de la casa más próxima", por "no cumplir las distancias con la población. Con la vista puesta en las instalaciones de Punto Promontorio, en Mugardos, ha remarcado que "incumple mil veces más".

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