VIGO, 5 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a un total de 33 años de prisión a seis de los acusados de formar parte de un grupo dedicado al tráfico de drogas, liderado por uno de los miembros del llamado 'clan de los morones', Marino G.J., y ha absuelto a un séptimo individuo de todos los delitos.
Tal y como consta en la sentencia, contra la que cabe recurso, el Tribunal considera probado que en enero de 2014 los acusados Marino G.J., Enrique P.M. --cabo de la Guardia Civil--, Alfredo I.G., Marcos G.B. y Alfonso P.C., "planearon sustraer una partida de cocaína, que posteriormente destinarían a la venta".
Para ello, supuestamente Marcos concertó con Modesto D.A., la adquisición de una partida de cocaína y, "con la activa colaboración de Marino", planearon apoderarse de la droga aprovechándose de la condición de Enrique de cabo de la Guardia Civil. Así, el agente iba a simular un control para apoderarse de la droga, mientras Alfredo y Alfonso darían cobertura.
De esta forma, tras un primer intento fallido, Marino, Alfredo, Marcos y Alfonso, en dos vehículos, se dirigieron a un supermercado en Poio, donde habían quedado para el intercambio. Allí, Marcos se subió a un vehículo en el que estaban Modesto y Benito O.O. y se desplazaron los tres hacia Redondela, siendo seguidos por Marino y Alfredo, que informaban en tiempo real al agente.
Fue así como, al llegar a una gasolinera, el guardia civil, uniformado y utilizando un vehículo oficial del Instituto Armado, dio el alto al coche, momento en que intervinieron los efectivos del Cuerpo Nacional de Policía que investigaban estos hechos.
La Sala entiende que los hechos "han quedado acreditados a través de las pruebas practicadas en autos", entre ellas las escuchas telefónicas y seguimientos policiales, que hacen que no tenga "ninguna duda acerca de la intervención de los acusados". No obstante, dice que no tiene la misma convicción sobre Benito, ya que la droga iba en una bolsa de regalo y desconocía el contenido.
CONDENAS
Por todo ello, considera a seis de los acusados como coautores de un delito contra la salud pública referido a sustancias que causan grave daño a la salud, donde Marcos presuntamente intermediaba con los vendedores, Marino organizaba, Alfonso y Alfredo conducían los vehículos, Enrique proporcionaba su condición de Guardia Civil y Modesto suministraba la droga.
Además, el Tribunal, que no considera que los hechos sean constitutivos de un delito de integración de grupo criminal --como imputaba la Fiscalía a Marino, Marcos, Enrique, Alfredo y Alfonso--, condena a Marino también por un delito de tenencia ilícita de armas y aprecia las agravantes de reincidencia respecto a Modesto y por condición de funcionario público respecto a Enrique.
Ante todo ello, rebaja la petición del Ministerio Fiscal de 60 años de prisión, a un total de 33: Siete y medio y multa de 90.000 euros para Marino; siete años de cárcel, 15 de inhabilitación de su profesión y 113.000 euros para el guardia civil; cinco años y medio y 90.000 euros para Marcos; cinco años y 90.000 euros para Modesto; y cuatro años y 60.000 euros para Alfonso y para Alfredo.