A CORUÑA 26 Abr. (EUROPA PRESS) -
La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a un vecino de Arteixo por agredir, en noviembre de 2018, al concejal de Urbanismo del municipio por no solucionar los problemas de corte de suministro de agua que tenía su madre, pues consideraba que era competencia del departamento que dirigía el afectado.
Según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), los magistrados lo han considerado autor de un delito de atentado a la autoridad y de un delito de lesiones, por los cuales le ha impuesto un año de cárcel y el pago de una multa de 2.520 euros. Además, lo ha condenado a indemnizar a la víctima con 1.588 euros.
En la sentencia, sostienen que el sospechoso se encontró con el concejal cuando ambos conducían por la autopista A Coruña-Carballo, en concreto, en el cruce que va al campo de golf, uno de los días en los que su madre sufrió un corte de agua.
El acusado, según consideran probado los jueces, se bajó del coche e hizo gestos al edil para que se detuviese, cosa que hizo. Al bajar la ventanilla, el vecino de Arteixo empezó a recriminarle el problema del agua, "dando patadas y golpes en el vehículo" e insultándolo para, a continuación, introducirse en su interior y forcejear con él, "llegando a ponerle una rodilla sobre el pecho". Posteriormente, abandonó el lugar.
ARGUMENTOS
El tribunal subraya que "no se ha probado debidamente" que el concejal "respondiese con golpes al ataque iniciado por el acusado". Como consecuencia de los hechos, el edil sufrió heridas, de las que tardó en curar treinta días.
Asimismo, estima probada la versión del concejal respecto al incidente porque asegura que la del condenado, que intentó desvincularlo del problema del agua, es "insostenible". Además, el testimonio de la víctima está refrendado por dos testigos, uno de los cuales hablaba con el concejal por teléfono y, el otro, se encontraba a unos metros de distancia del lugar de los hechos.
Además, recalca que la versión de la víctima se corresponde "con el distinto resultado lesivo que presentaron los intervinientes". Los magistrados destacan que el concejal "tuvo heridas de cierta consideración, particularmente en la zona del esternón, lo que casa con su versión de que le puso una rodilla sobre el pecho, impidiéndole respirar".
En cuanto a la calificación como delito de atentado, la Sala indica que el condenado cometió los hechos "por la animadversión que sintió por el concejal cuando él y su familia le solicitaron personalmente una solución a su problema de corte de agua y no la obtuvieron".
También resalta que hubo "una embestida o ataque violento" contra el edil, el cual produjo un resultado lesivo, y que el agresor admitió que conocía la condición de concejal de la víctima. Contra la sentencia cabe interponer recurso de apelación.