Condenan al Sergas a indemnizar a la familia de una mujer que falleció por el retraso en el diagnóstico de una infección

Publicado: sábado, 3 febrero 2018 14:53

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 3 Feb. (EUROPA PRESS) -

   Un Juzgado de lo Contencioso de Santiago de Compostela ha condenado al Sergas por el retraso en el CHUAC en 2012 en el diagnóstico de una infección nosocomial, con resultado de fallecimiento, a una mujer de 74 años, vecina de Ferrol, que había sido transplantada de riñón.

   La Asociación 'El defensor del paciente' ha informado de la sentencia, tramitada por los Servicios Jurídicos del colectivo en Galicia, que condena al Sergas a indemnizar, por los daños y perjuicios ocasionados, a la hija de la fallecida.

   La mujer, P.C.A., de 74 años de edad y vecina de Ferrol (A Coruña), padecía insuficiencia renal crónica en estadio V y realizaba Programa de Hemodiálisis en el Hospital Juan Cardona de Ferrol desde hacía dos años y medio. Además, estaba incluida en lista de espera para un transplante de riñón en el Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña, que se realizó en diciembre de 2011.

   La Asociación informa que el 23 de enero de 2012, a pesar de que la paciente venía "sufriendo un cuadro de dificultad e insuficiencia respiratoria con hipotensión arterial de unos 15 días de evolución", "la única medida que tomó el Servicio de Nefrología del CHUAC fue la administración de una mascarilla de oxígeno, sin realizar las pruebas diagnósticas adecuadas encaminadas a determinar la causa de la disnea que presentaba la paciente (tan sólo se le realizó a la paciente una radiografía de tórax el 13 de enero, la cual no resulta suficiente)".

   La entidad explica que "debería haberse realizado un TAC para confirmar el diagnóstico, lo que no se hizo hasta que la paciente ingresó en la UCI". Así, "la paciente permaneció más de 15 días con mascarilla de oxígeno, sin que se le realizaran las pruebas diagnósticas adecuadas en el tiempo adecuado".

   La sentencia acoge los argumentos del abogado Cipriano Castreje, de la Asociación 'El Defensor del Paciente', en base al informe pericial de un especialista en medicina interna, que señaló que el Sergas no actuó conforme a la 'lex artis', habiéndose producido "un retraso diagnóstico evidente ante una patología potencialmente letal, con sintomatología clara de bronconeumonía, no habiéndose utilizado el arsenal terapéutico posible en un hospital de tercer nivel".

   En esta línea, se indica que "la infección nosocomial no diagnosticada ni tratada" fue "la que produjo el fallecimiento" y que si la paciente hubiera sido tratada con la terapia adecuada y "en el tiempo adecuado, se habría curado", indicando que "este tipo de enfermos son más propensos a coger infecciones que deben ser tratadas tempranamente y de una manera más exhaustiva, ya que la bacteria que tenía la paciente era letal si no se la trataba".

   Ahora, el Juzgado Contencioso da la razón a la hija y condena al SERGAS a indemnizarla en una suma, más los intereses, que la hija de la fallecida considera "razonable", señalando que "lo más relevante es que el Juzgado le devolvió la dignidad a pesar del fallecimiento de su madre", puesto que no le hicieron "ningún caso" en el servicio en el que estaba ingresada a pesar de las "quejas reiteradas".

   El abogado Cipriano Castreje recuerda que basta con acudir al servicio de Atención al Paciente para hacer constar por escrito las quejas, puesto que, en caso contrario, "es muy difícil demostrarlas en un hipotético proceso posterior", porque "aunque no sea muy relevante para ganarlo, sí lo es para que conste que no se está de acuerdo con la atención médica o incluso con el trato recibido".

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