El ministerio público reduce a un año y tres meses las penas de ocho empresarios y a tres años para el único que no confesó entregas
LUGO, 25 Feb. (EUROPA PRESS) -
El juicio celebrado en la sala segunda de la Audiencia Provincial d Lugo que sentó en el banquillo al expresidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil y exconcejal, Francisco Fernández Liñares, y a nueve empresarios por delitos de prevaricación y cohecho, supuestamente por entregar cuantías de dinero al cargo público a cambio de contrataciones públicas entre 2009 y 2012, ha quedado visto para sentencia.
La Fiscalía propuso una reducción de penas para todos los empresarios por dilaciones indebidas y que, en el caso de ocho de ellos, les permitiría eludir la cárcel al plantear un año y tres meses de prisión al tener en consideración también el atenuante de confesión. Además, el Ministerio Público también les redujo la pena de no poder contratar con instituciones públicas un año y 9 meses.
Sin embargo, la defensa del principal acusado, el abogado Evaristo Nogueira, ha aprovechado las conclusiones finales para mostrar su descrédito hacia la "estrategia procesal" que han seguido los ocho empresarios que han dicho haber realizado pagos a su cliente y ha pedido la libre absolución para su cliente.
"Tiene absoluta y total legitimidad esa estrategia procesal que todos hemos visualizado y escuchado en este plenario", ha manifestado Evaristo Nogueira, quien a renglón seguido añadió que "la validez jurídico-penal, para esta defensa" es "prácticamente nula".
Es más, la defensa de Liñares apeló a varias sentencias del Tribunal Constitucional en las que se apuntan la "especial prevención" para realizar una condena cuando el principal argumento reside en el testimonio de quien pueda obtener una rebaja penal, lo que "adquiere" la necesidad de "reforzar los elementos de cargo ofrecidos por la acusación pública".
ARGUMENTOS DE LA FISCALÍA
El fiscal que ha llevado el caso ha destacado que, pese a la nulidad de las actuaciones a partir del 23 de septiembre de 2012, que sobre todo deja en una situación más favorable para el único acusado que no confesó entregas de dinero, "hay un montón de intervenciones telefónicas, documentos de varios registros y la declaración espontánea" de Liñares. Sobre esta cuestión tomó el acusado la última palabra para volver a decir que la realizó bajo "coacción, amenazas y presiones" de los agentes de Vigilancia Aduanera.
La Fiscalía también ha advertido que "no es que haya un esquema fijo e inalterable que se repita constantemente" con respecto a los acusados y las supuestas entregas de dinero. "Pero en todo caso, lo que concierne a los acusados, hay unas ciertas dinámicas, un concierto o una voluntad entre ellos y la Confederación Hidrográfica donde se vulnera la buena fe del interés público".
En este sentido, el ministerio público apuntó que este tipo de conciertos pueden ser "de forma burda, grosera o autoritaria o, por supuesto, más sutiles y acomodados en cada ocasión". "En unos casos se les exigía", añadió, y en otros, era una "sugerencia o una necesidad que se establecía en ese concurso para tejer el trato de favor", para lo cual se recurrían a "eufemismos" como que se lo "pidió un amigo" que lo necesitaba.
El fiscal ha llamado la atención sobre que, cuando "se entregan 15.000 o 25.000 euros" no estamos ante un "día de la Cruz Roja que pone la hucha y echa un poco". "Estamos hablando de cantidades" que "obedecen" a una "contraprestación o gratificación", el resto, insistió, "son meros eufemismos".
En sus conclusiones finales, sin embargo, el abogado de Liñares, que pidió la libre absolución de su defendido porque "no se desvirtuó en absoluto la presunción de inocencia de cuando entró por la puerta que está a mis espaldas", alegó subsidiariamente el 'in dubio pro reo', la presunción de inocencia y proclamó: "Esta sala no tiene que pagar los errores que se hayan cometido en esta instrucción, por eso pedimos la libre absolución".
Nogueira, además, ha reconocido el "derecho" de los otros acusados a no contestar a sus preguntas, pero ha dicho que "tiene unas consecuencias", dado que testificaron "en contra" de Fernández Liñares. En este sentido, apuntó que él quería aclarar "por qué cambiaron de opinión" frente a lo que sostuvieron los ocho años de precedentes.
Aludiendo a sentencias que apoyan su tesis, los acusados tienen "derecho legítimo" a no haber contestado pero "si lo usan, el valor probatorio decae en relación a la acusación formalizada", enfatizó.
ANULACIÓN DE PRUEBAS
La anulación de las pruebas que admitió el alto tribunal atañe a las actuaciones a partir del 23 de septiembre de 2012 y, principalmente, como apuntó el fiscal en sus conclusiones al acusado que siguió una línea distinta al resto de empresarios y que le deja con indicios "endebles". Para este empresario pidió tres años de prisión y su abogado añadió, en sus conclusiones, que eran "más que endebles en realidad".
En el juicio, los otros ocho acusados reconocieron que hicieron entregas de dinero, que oscilaban de entre los 15.000 hasta los 25.000 euros, a Liñares como contraprestación a adjudicaciones que recibían sus empresas. El expresidente de la confederación las negó y también negó que la documentación con las anotaciones a mano que se incautó en su domicilio fuese con su letra, algo que Fiscalía no puso en duda porque no solo estaba en su "domicilio" particular, sino en estancias de la casa como su "dormitorio".
Así, ha indicado que, de ser cierto que no eran sus documentos, tendrían que haberle "escandalizado" esas anotaciones que se habría llevado a su casa para estudiarlas y, por lo tanto, haber abierto una investigación interna para averiguar sobre esos "tejemanejes". "Es absurdo. Es agarrarse a un clavo ardiendo", ha manifestado.
Además de ello, el abogado de Liñares puso de manifiesto, sobre la declaración hecha en un bar de Santa Comba, que la ratificación de la declaración estaría anulada por la decisión de la sala y sería, según indicó, un requisito necesario para darle validez probatorio.
CONTRATO CONDUCTOR
En la sesión de este jueves, la última del juicio, también comparecieron varios testigos relacionados con el conductor que prestaba servicios a Liñares y que había sido contratado en el marco de un contrato con una empresa que prestaba servicios a la Confederación Hidrográfica Miño-Sil.
Los testigos miembros de la empresa no precisaron cuáles eran las labores del conductor más allá de prestar servicios a la confederación ante la insistencia de la Fiscalía para que se aclarase si traslados a Barcelona, Madrid o Valladolid estarían en el marco de las condiciones del pliego de contratación. El conductor contratado también compareció y señaló que sus dietas y viajes los pagaba la confederación, aunque desconocía como se repercutían estos gastos en la relación contractual con la empresa P. y rechazó estar al tanto de ninguna supuesta entrega de dinero.