Alberto Varela deja claro a los ciudadanos, al igual que la Xunta, que los expedientes se ejecutarán
SANTIAGO DE COMPOSTELA, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -
El presidente de la Federación Galega de Municipios e Provincias (Fegamp), Alberto Varela, ha señalado que el informe del Consello Consultivo, realizado a petición de la Xunta sobre la capacidad sancionadora por incumplimientos de la covid-19, "no es vinculante", si bien ha expresado que se le dará traslado, junto con el resto de posicionamientos jurídicos, a los municipios gallegos.
El también alcalde de Vilagarcía, que ha dejado claro a los ciudadanos que las sanciones se acabarán tramitando aunque haya esta discrepancia competencial, ha apuntado que los servicios jurídicos de la Fegamp "están examinando" el documento del Consultivo, que tiene fecha de este miércoles 14 de octubre.
En declaraciones a Europa Press, Alberto Varela ha destacado que la postura de órgano consultivo es "una opinión jurídica más, muy importante", pero que se suma a las que ya antes hicieron la Abogacía del Estado, la asesoría jurídica de la Xunta y los propios posicionamientos municipales, por lo que "no es vinculante". Así, ha defendido que la "autonomía local" es relevante en este caso.
En todo caso, esta cuestión será abordada en la reunión de la ejecutiva de la Fegamp que tendrá lugar la semana que viene. "Lo que estamos debatiendo es el procedimiento, todos queremos hacer bien las cosas y tener amparo legal y que no se tumben los procesos sancionadores", ha asegurado Alberto Varela, en referencia a todas las administraciones implicadas.
Al respecto, ha subrayado que "coincide" con el mensaje lanzado por la Xunta y su presidente, Alberto Núñez Feijóo. "Las sanciones se van a realizar, se van a tramitar y hay un plazo de un año para llevar a cabo estos expedientes una vez que tengamos claro quiénes los van a tramitar", ha corroborado, dirigiéndose a quien "haya cometido una infracción" para señalar que se van a "acometer" los expedientes.
SANCIONES DE LA GUARDIA CIVIL
Alberto Varela ha recordado que a los ayuntamientos no solo han llegado multas de la Policía Local, sino también de la Guardia Civil por ir varias personas en un vehículo sin mascarilla sin ser convivientes. "Y acabaron en los ayuntamientos", ha ejemplificado el presidente de la Fegamp, quien ha señalado que entiende que este tipo de infracciones debe asumirlas la Xunta una vez levantado el estado de alarma y recuperadas las competencias.
Por el momento no hay otra reunión prevista entre Xunta y Fegamp después de la que tuvo lugar el pasado sábado. Primero, la federación municipal esperará a conocer el retorno por parte de los asociados una vez tengan en su poder todos los informes, incluido el de la propia federación, sobre la gestión de estas sanciones.
En el caso de que se mantengan las discrepancias, la Fegamp pedirá una reunión para abordar la problemática con la Dirección Xeral de Administración Local. La Xunta se ofreció a ayudar a los municipios más pequeños que así lo soliciten.
INFORME CONSULTIVO
Los ayuntamientos tienen, según el Consello Consultivo, competencias para incoar y sancionar las infracciones por las restricciones derivadas de la situación epidemiológica. Para ello, no tendrán que aprobar ninguna ordenanza municipal para la tramitación de estas sanciones y, como avanzó en días pasados, la Xunta "ayudará" a los ayuntamientos medianos y pequeños que no tengan capacidad para llevar a cabo esta labor y soliciten la colaboración de la Administración autonómica.
El Consultivo arroja ahora luz al respecto de las sanciones, con el matiz de que la capacidad sancionadora de los ayuntamientos está restringida a las competencias de ámbito municipal. Así, el órgano de consulta dice que los alcaldes y alcaldesas "ostentan la competencia para la vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las medidas de prevención del coronavirus", tanto las que establece el Estado como las de carácter autonómico, "dentro de su ámbito de competencias".
Concretamente, estas competencias, citadas por el propio informe del Consultivo, al que ha tenido acceso Europa Press, son las de "industrias, actividades, servicios y transportes, edificios, lugares de vivienda y convivencia humana".
SANCIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA
De hecho, el Consultivo considera que los ayuntamientos "son los competentes para incoar, tramitar y resolver los expedientes sancionadores" de aquellos incumplimientos que tengan lugar dentro de estos ámbitos competenciales y que sean considerados como una sanción administrativa en materia de salud pública.
De este modo, el informe aclara que entrarían en estos supuestos el control y las sanciones sobre incumplimientos de actividades prohibidas, normas de aforo, horarios de cierre y, singularmente, el incumplimiento del uso obligatorio de la mascarilla en actividades o espacios.