El detenido por un fuego de una hectárea por una imprudencia cumple dos semanas en prisión provisional a la espera de que se resuelva su recurso
SANTIAGO DE COMPOSTELA, 1 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía de Galicia apunta que la prisión provisional de incendiarios "es en ocasiones más propicia" para "recabar testimonios a sabiendas de que el imputado no está en libertad", y que "ocurrido el hecho la sensibilidad ciudadana es más acentuada".
Así figura en una instrucción del fiscal superior de Galicia de 2016, que recoge Europa Press, "sobre las actuaciones en materia de incendios forestales", en la que también se aboga por "sensibilizar" a los cuerpos policiales en materia de incendios sobre la posibilidad de aplicar la ley de protección a testigos y peritos en causas criminales.
Este miércoles, 1 de noviembre, Miguel A.M.N. cumple dos semanas en prisión tras su detención en Vigo a las 8,30 horas el 18 de octubre por un incendio de una hectárea producido el 15 de octubre por una imprudencia en una finca familiar de Os Blancos (Ourense).
Hasta la fecha son tres los investigados por la última ola de fuegos en Galicia, aunque solo Miguel está en la cárcel. Todo ello a la espera de que la Audiencia Provincial de Ourense resuelva sobre su recurso contra la decisión de enviarlo a prisión cautelar sin fianza.
PRISIÓN CAUTELAR "EN FUNCIÓN DE LA PELIGROSIDAD"
En este escrito de Fiscalía, que recoge cuatro conclusiones en hoja y media, se señala que la instrucción tiene su razón de ser porque "es una prioridad inexorable abordar, resaltar y poner al día una ordenada actuación ante el curso del verano y la realidad de los incendios forestales que asolan de manera casi endémica la geografía gallega".
Sobre el hecho ilícito, en ese escrito Fiscalía remarca que la prisión cautelar debe ser efectuada "en función de la peligrosidad demostrada y, por ello, hay que relacionar, si hay indicios, varios hechos".
En este sentido, los fiscales deberán reflejar en el atestado "la mayor concreción posible" sobre el hecho. Aquí deben recogerse cuestiones como: fecha del incendio, parametrizado, extensión, medios de extinción y duración, así como cercanía a personas y áreas habitadas, entre otras.
Todo ello, "con el mayor acopio de material gráfico posible, incluidas las fotos aéreas o por satélite para delimitar el área del incendio y calificar la superficie afectada o susceptible de serlo". Asimismo, si el atestado no fuera completo "nada impide la solicitud al juzgado de estas diligencias complementarias antes de decidir" sobre la situación del imputado.
También recuerda que es necesario que en el atestado vengan relacionados todos los fuegos que se imputan, "aunque solo el objeto de la detención sea el concretamente la causa de esta".
"INEXPLICABLE QUE SIGA EN LA CÁRCEL"
Por su parte, en declaraciones a Europa Press, el presidente del Movemento Ecoloxista da Limia (MEL), Manuel García, tacha de "inexplicable" que "a estas alturas Miguel siga en prisión provisional por una imprudencia".
Además, censura que su amigo "solo puede recibir una visita a la semana de 40 minutos". "Ni a un terrorista ni a un criminal le hacen esto", lamenta.
El detenido por el fuego de Os Blancos fue uno de los fundadores del Movemento Ecoloxista da Limia y ha recibido el apoyo de más de una veintena de asociaciones ecologistas gallegas en los últimos días, ya que lo ven como un "chivo expiatorio" de la ola de fuegos que arrasó más de 35.500 hectáreas en Galicia.
"Por muy imprudente que sea no se merece esto", reflexiona Manuel García, quien se pregunta sobre la "comparativa" con muchos otros casos en los que los presuntos incendiarios detenidos o investigados no son enviados a prisión.
Asimismo, Manuel García denuncia que Miguel fue detenido "sin orden judicial" por la Guardia Civil "en la calle". Todo ello sin que se sepa "cuándo" se va a decidir sobre el recurso presentado por la prisión cautelar.
"¿Qué pasa con la investigación de los otros incendios? ¿Por qué tiene que pagar una persona por un incendio de menos de una hectárea por todo?", lamenta el presidente de MEL.
CÓDIGO PENAL
El hombre detenido por el incendio de Os Blancos es investigado en relación a los artículos 352 y 353 del Código Penal. El primero de ellos establece que los que incendien montes o masas forestales "serán castigados con las penas de prisión de uno a cinco años y multa de doce a dieciocho meses".
Añade el artículo 352 del Código Penal que "si ha existido peligro para la vida o integridad física de las personas se castigará el hecho conforme a lo dispuesto en el artículo 351, imponiéndose, en todo caso, la pena de multa de doce a veinticuatro meses".
El artículo 353, en el quinto apartado del punto primero, recoge la circunstancia de que "el incendio sea provocado en un momento en el que las condiciones climatológicas o del terreno incrementen de forma relevante el riesgo de propagación del mismo".