Actualizado: miércoles, 5 abril 2017 13:32

   VIGO, 5 Abr. (EUROPA PRESS) -

   El magistrado-juez Juzgado Contencioso-Administrativo número uno de Vigo ha acordado la suspensión cautelar del funcionamiento del Área Metropolitana de Vigo y de todos los órganos que lo componen, así como de la eficacia de sus actos.

   Así consta en el auto emitido este mismo miércoles, al que ha tenido acceso Europa Press, por el que se da respuesta al recurso que presentó la Xunta el pasado 20 de enero contra la constitución del Área Metropolitana y los acuerdos adoptados, al entender que la puesta en funcionamiento del Área está condicionada a que Vigo se integre en el plan de transporte metropolitano.

   En concreto, el magistrado sustenta su decisión en la "inválida constitución de la Mesa de Edad" en la asamblea constituyente, ya que entiende que los nombramientos de los ayuntamientos de Moaña y Gondomar eran "contrarios a derecho", como así detectó la Mesa de Edad declarando "improcedente la toma de posesión" de los dos representantes como concejales metropolitanos.

   A raíz de esto, según recuerda, el presidente de la Mesa de Edad decidió levantar la sesión, abandonando la sede de la reunión, para poder "subsanar las irregularidades de la representación de Moaña y Gondomar y por la ausencia constatada de integración material del transporte urbano de Vigo en el Transporte Metropolitano".

   "En ese momento tendría que haberse suspendido la sesión concediendo un plazo perentorio a las corporaciones afectadas para que subsanasen el defecto en el nombramiento de sus representantes", antes de hacer una nueva convocatoria para la constitución de la Mesa de Edad, explica el magistrado, que censura que no se respetase la decisión del presidente de la misma.

ACUERDOS POSTERIORES

   Así las cosas, recalca que, desde entonces, "los acontecimientos se sucedieron sin la presencia de quien se hallaba predeterminadamente llamado por Ley a proclamar la Presidencia del Área", donde el secretario de la Mesa llamó a Abel Caballero, concejal de mayor edad entre los que continuaban en la asamblea, quien a partir de entonces presidió la sesión y fue nombrado presidente del Área.

   "Toda la actividad y todas las actuaciones ulteriores al cierre de la sesión efectuada por el presidente de la Mesa de Edad aparentan nulidad de pleno derecho" y suponen la "inválida constitución del Área", pues "no se hallaban válidamente representadas todas las Corporaciones integrantes del Área", sostiene el juez.

TRANSPORTE

   En lo relativo a la integración del transporte urbano vigués en el Plan de Transporte Metropolitano, el magistrado mantiene que "la Ley no expresa que solo se pueda convocar la asamblea constituyente una vez que se haya producido la integración del transporte".

   No obstante, en el auto se recuerda que el convenio del transporte se basa en dos pilares, la implementación de adaptaciones tecnológicas y la aplicación de las tarifas estipuladas en el plan de transporte metropolitano de la Xunta. "A día de hoy no consta que ninguna de esos presupuestos se ha cumplimentado materialmente", ha apuntado.

   El juez va más allá y advierte de que la integración del transporte urbano vigués en ese sistema era "la clave de bóveda" y la 'conditio sine qua non' para la puesta en marcha del ente supramunicipal. Sin esa integración, sostiene, "el funcionamiento del Área volvería a ser, como cuatro años atrás, una quimera".

   Finalmente, señala que, cuando se redactó la ley modificada, ya se había firmado el convenio del transporte, lo que suponía un avance; pero "lo que faltaba era poner en práctica sus determinaciones" porque "la suscripción de ese convenio, en realidad, no conllevaba la total adhesión del Ayuntamiento de Vigo al plan de transporte metropolitano de Galicia".

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