O Titular Do Goberno Galego, Alberto Núñez Feijóo, Presidirá A Reunión Do Cons
XUNTA DE GALICIA
Actualizado: jueves, 9 noviembre 2017 17:16

   Plantea eliminar "trabas burocráticas" y conceder licencias directas en edificios de núcleos históricos, salvo cuando se trate de bienes protegidos

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 9 Nov. (EUROPA PRESS) -

   La ley de rehabilitación con la que la Xunta aspira a regenerar y dinamizar cascos históricos y núcleos rurales será sometida de inmediato a exposición pública y prevé la "eliminación de trabas burocráticas y de obstáculos normativos" para actuar en casi 100.000 viviendas ubicadas en zonas degradadas. También permitirá expropiar o cobrar un canon a propietarios de edificaciones en estado ruinoso y en las que se incumpla la obligación de rehabilitar.

   Lo han explicado el presidente, Alberto Núñez Feijóo, y la conselleira de Infraestruturas e Vivenda, Ethel Vázquez, al término de la reunión del Consello de la Xunta que ha analizado un anteproyecto que priorizará la recuperación de los núcleos históricos catalogados como BIC a través de la declaración de las 'áreas Rexurbe', en las la Xunta actuará directamente como promotora.

   En las mismas, la Administración autonómica podrá expropiar los edificios declarados en ruinas y en los que se incumplan las obligaciones de rehabilitar.

   En la presentación inicial de esta norma ya se había avanzado que permitiría la expropiación de propiedades, pero ahora la Xunta añade que también se podrá cobrar un canon a los propietarios de edificios ruinosos. La tasa será anual y se corresponderá con el 0,4 ó 0,6 por ciento del valor catastral del inmueble.

   Vázquez ha subrayado que esta tasa, cuyos ingresos se utilizarán para rehabilitar la zona en la que se ubica el edificio gravado, no tiene un afán "recaudatorio", sino "disuasorio". De hecho, en el caso de las familias con dificultades económicas que no puedan rehabilitar por su situación se aplicarán bonificaciones del 90 por ciento.

LICENCIAS DIRECTAS

   Para dar mayores facilidades en las actuaciones de rehabilitación, se prevé la aprobación de normas de aplicación directa en zonas especialmente degradadas y que carecen de plan especial o tienen uno obsoleto.

   Estas normas, que prevén facilitar la recuperación de hasta 100.000 viviendas, tendrán como destino --respetando la protección que puedan tener las edificaciones-- facilitar actuaciones y el uso conjunto de los portales; así como la regularización y agregación de las parcelas, o la unión de locales comerciales en el bajo de más de un edificio.

   También la demolición y reforma de la fachada cuando la protección del edificio sea de tipo ambiental o el vaciado parcial o total en edificios en que la protección sea estructural. Además, se prevé abrir la posibilidad de concesión de licencias directas en edificios de núcleos históricos, excepto cuando se trate de bienes patrimoniales protegidos.

   Con el fin de eliminar trabas, simplifica también los trámites para aprobar las modificaciones puntuales no sustanciales del planeamiento urbanístico que son necesarias para la recuperación de un ámbito, rebajando los plazos en un 40 por ciento.

   Para ello, la superficie de la modificación no deberá superar los 10.000 metros cuadrados ni el 1 por ciento del suelo urbano del municipio (o el 3 por ciento en el caso de los ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes) y tampoco podrá modificar la clasificación del suelo.

REVITALIZAR NÚCLEOS RURALES Y ARI

   En la línea de revitalizar núcleos rurales, los ayuntamientos podrán crear registros municipales de núcleos en estado de abandono con el objetivo de favorecer las actuaciones de rehabilitación y simplificar los procedimientos de adquisición de las viviendas en ruina. La inscripción será voluntaria para los propietarios de los inmuebles.

   El anteproyecto establece dos ámbitos de actuación: la rehabilitación edificatoria, que abarca las actuaciones en viviendas y edificios de forma aislada por parte de propietarios, y la regeneración urbana, que recoge las acciones ejecutadas por la Xunta y los ayuntamientos.

   En lo que se refiere a la regeneración urbana, se afianza, con rango legal, la figura de las áreas de rehabilitación integral (ARI), en las que Galicia se ha constituido en "una referencia", y se crea una red de oficinas para las mismas.

ÁREAS REXURBE

   La declaración de las 'áreas Rexurbe', áreas de regeneración urbana de interés autonómico, constituyen una de las principales novedades de la norma.

   Serán declarados por el Gobierno gallego y se erigen en herramientas claves para la recuperación, con carácter prioritario, de los núcleos históricos catalogados como bien de interés cultural (BIC),q ue se encuentren degradados, u otros, que por su singularidad y deterioro precisen de una especial actuación.

   En estas áreas, además de la rehabilitación directa por parte de la Xunta, se definirán zonas de especial necesidad de rehabilitación y se diseñará un plan de dinamización con alcance arquitectónico, económico y social.

ACTUACIONES URGENTES

   En estas áreas, la Xunta podrá expropiar los edificios declarados en ruinas y en los que se incumplan las obligaciones de rehabilitar, con la posibilidad de rebajar el precio hasta en un 50 por ciento, de acuerdo con la normativa estatal y siempre teniendo en cuenta las circunstancias económicas de cada propietario.

   Es en este punto en el que se prevé la creación del canon para gravar los edificios en los que se incumple la obligación de rehabilitar y cuya recaudación irá destinada a avanzar en la recuperación del ámbito.

   En el marco de las 'Rexurbe', se prevé definir zonas de especial necesidad de rehabilitación (ZER) para edificios o conjuntos de ellos, cuando sea preciso realizar una intervención urgente o facilitar la instalación de dotaciones o equipamientos con especial relevancia.

   Para la administración de las áreas se crean los centros 'Rexurbe', con el objetivo de centralizar la gestión de las actuaciones y facilitar las intervenciones de particulares y promotores.

FINANCIACIÓN

   Las medidas financieras recogidas en el texto para llevar a cabo las acciones de rehabilitación en viviendas de núcleos rurales y núcleos históricos recogen, en primer lugar, las actuaciones directas de la Xunta.

   Una segunda herramienta para la financiación de las acciones de rehabilitación es el 'Fondo Rexurbe', a través de préstamos sin intereses para los proyectos presentados por los ayuntamientos en los que se delimite un área de interés autonómico.

   Las acciones deberán tener como objetivo mejorar estas áreas desde el punto de vista urbanístico, social, económico y ambiental.

   El Gobierno gallego también contempla el Fondo de Cooperación para los ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes, así como los programas de financiación mediante convenios con entidades financieras o convocatorias de ayudas para particulares y promotores.

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