El Supremo admite un recurso de la plataforma de víctimas de Angrois para que haya investigación independiente

Archivo - La Asociación Plataforma Víctimas Alvia 04155 presenta recurso ante el Tribunal Supremo.
Archivo - La Asociación Plataforma Víctimas Alvia 04155 presenta recurso ante el Tribunal Supremo. - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: jueves, 17 noviembre 2022 15:15

   El Alto Tribunal determinará si la regulación de la CIAF cumple (...) las exigencias de imparcialidad y objetividad

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 17 Nov. (EUROPA PRESS) -

   El Tribunal Supremo ha acordado admitir el recurso de casación de la plataforma de víctimas del accidente del tren Alvia, que ocurrió hace más de nueve años y cuyas causas se juzgan desde octubre en Santiago de Compostela, con el que busca que se realice una investigación independiente sobre el siniestro.

   La sala de lo contencioso-administrativo del Supremo ha emitido un auto con fecha de este 3 de noviembre, al que ha tenido acceso Europa Press, con el que acuerda admitir el recurso, interpuesto el pasado mes de junio contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid.

   El auto declara que "la cuestión planteada en el recurso que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar", en primer lugar, "si la regulación de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF) establecida (...) cumple, en cuanto a su creación, composición, designación de sus miembros, organización y competencia técnica, las exigencias de independencia, imparcialidad y objetividad".

   En segundo término, indica que buscará determinar "la posición jurídica de los afectados en accidentes ferroviarios y de las asociaciones o plataformas implicadas en lo que concierne a la intervención en el procedimiento de investigación de accidentes ferroviarios".

"SIN PERJUICIO DE EXTENDERSE A OTRAS CUESTIONES"

   Ello, "en el marco de proteger los intereses y las necesidades razonables de las víctimas y sus parientes en la investigación (...) en referencia a si incluye el derecho subjetivo a la información sobre la tramitación del procedimiento y el derecho a exigir una información objetiva, transparente e imparcial".

   Asimismo, el auto señala a las normas que serán objeto de interpretación y puntualiza que esto será "sin perjuicio de que la sentencia haya de extenderse a otras cuestiones si así lo exigiere el debate finalmente trabado en el recurso".

EL RECURSO, PRESENTADO EN JUNIO

   La plataforma de víctimas presentó en junio el recurso ante el Supremo, con el fin de que se ordene una nueva investigación "independiente" del accidente. En él murieron 80 personas y 145 resultaron heridas.

   Esta asociación solicita con este recurso que se revise la sentencia del TSJ de Madrid por la que se les dio la razón parcialmente y se ordenó a la CIAF que se reuniese para analizar y dar respuesta a la solicitud de una nueva investigación.

   "Lo que queremos es que se haga una investigación independiente, tal y como viene exigiendo Europa", destacó entonces el presidente de la asociación, Jesús Domínguez, en declaraciones a la prensa.

   "Nos parece lamentable y dice muy poco de nuestras instituciones que, casi nueve años después del accidente más grave de la democracia, las víctimas y familiares tengamos que seguir recurso a recurso, tribunal tras tribunal", añadió.

   Las víctimas consideran que el TSJ de Madrid debió haber ordenado la renovación de los miembros de la comisión y debió haber resuelto si el silencio administrativo de la CIAF a su petición de una nueva investigación se ajustaba o no a Derecho.

   En un escrito de 16 folios, recogido por Europa Press, la asociación defiende que existe un "claro interés casacional objetivo" porque no consta jurisprudencia del Supremo que pueda arrojar luz a un caso como este, por lo que vio pertinente que el Alto Tribunal se pronuncie ahora.

   La plataforma incide en que el caso goza de interés casacional por el "gran número de situaciones derivadas de la investigación por el Estado de accidentes ferroviarios graves". Así, recuerda que en los últimos 30 años se han producido al menos otros cuatro accidentes como el de Alvia.

LA RESOLUCIÓN DEL TSJ DE MADRID

   En un principio, las víctimas acudieron al TSJ de Madrid al considerar que el informe final sobre el accidente de Angrois realizado por la CIAF, del 20 de mayo de 2014, fue "elaborado con la intervención de personal directamente involucrado en el siniestro" y no fue, por ello, independiente. Reclamaban tanto que se renovasen sus miembros como que se realizase una nueva investigación.

   El TSJ de Madrid estimó parcialmente el recurso contencioso administrativo que presentaron y ordenó a la CIAF que se reuniese para analizar y dar respuesta a la solicitud de una nueva investigación sobre el accidente de Angrois presentada por esta asociación.

   El TSJ madrileño dio parcialmente la razón a las víctimas e instó a que la CIAF se pronunciase sobre esta petición a pesar de que el Gobierno no acceda a la renovación de sus miembros, algo que también reclamaba la plataforma y que fue rechazado por el tribunal.

   La asociación ha llevado el caso ante el Supremo porque considera que la sentencia del tribunal de Madrid "ha incurrido en un error de Derecho debido a una interpretación (...) desconectada de la correcta interpretación de las directivas europeas en materia de seguridad ferroviaria".

   A su juicio, la resolución que ahora recurren "parece resolver que, por el mero hecho de estar jubilados los miembros de la CIAF, revisten, per se, absoluta independencia".

   En el recurso ante el Supremo, la plataforma muestra su oposición a dicha conclusión e insiste en que "el hecho de estar jubilado no implica en absoluto independencia".

   En el marco de su recurso, la asociación ha recordado que la Agencia Ferroviara para la Comisión Europea emitió un informe en el que concluyó que "la composición del equipo de investigación de la CIAF no aseguró la independencia de la investigación".

   Al hilo, además, las víctimas inciden en que el TSJ madrileño "parece entender que lo que hizo la CIAF fue inadmitir la petición" que hicieron desde la plataforma, pero ha insistido en que lo que hizo la Administración fue desestimar la solicitud "por silencio administrativo".

   A su juicio, los magistrados del TSJ debieron haber entrado a dilucidar si la desestimación presunta por silencio administrativo negativo o la desestimación expresa de la resolución administrativa era ajustada a Derecho o no. Esta labor se la dejan ahora a los magistrados del Supremo.

EL MAQUINISTA Y UN CARGO DE ADIF

   Domínguez aseguró en junio que "se tiene que analizar bien lo que ocurrió para que no vuelva a suceder y tomar medidas". "No queremos que quede en la historia un documento oficial del Gobierno diciendo que la culpa fue del maquinista, el último eslabón de una cadena de negligencia y errores", señaló.

   Desde entonces ha arrancado el juicio en Santiago --a cargo de un juzgado de lo penal compostelano-- que trata de dilucidar si los acusados, que son dos, el maquinista y un ex jefe de seguridad de Adif, son responsables de 80 supuestos delitos de homicidio y 145 de lesiones por imprudencia profesional grave.