Archivo - Fábrica de Ence en Pontevedra.
Archivo - Fábrica de Ence en Pontevedra. - César Arxina - Europa Press - Archivo
Actualizado: martes, 7 febrero 2023 20:35

     SANTIAGO DE COMPOSTELA, 7 (EUROPA PRESS)

   La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado los recursos presentados por Ence y otras entidades contra las sentencias de la Audiencia Nacional que anularon la prórroga que determinaba la continuidad de la factoría en la ría de Pontevedra hasta el año 2073.

   En concreto, la resolución, autorizada con fecha de 20 de enero de 2016, cuando Mariano Rajoy dirigía el Gobierno de España, otorgaba a Ence una prórroga de 60 años (a contar desde la fecha de solicitud, en 2013) de la concesión de ocupación de una franja de dominio público marítimo terrestre destinada a la fábrica de pasta de celulosa en Pontevedra.

   En un comunicado, se ha informado de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo considera que se pueden prorrogar las concesiones anteriores a la Ley General de Costas de 1988, como es el caso, "siempre que consten informes medioambientales favorables".

   En el asunto analizado, remarca, "constaban informes favorables de la Administración en esa materia".

VOTO PARTICULAR

   Este martes, además, se informa de que se analizaron otros recursos, también relativos a la prórroga de concesiones de dominio público marítimo terrestre pero referentes a viviendas. En este caso, la misma Sección ha ratificado la resolución de la Administración, también apoyada por la Audiencia Nacional, de denegar la prórroga porque en esos casos la denegación venía amparada con informes medioambientales desfavorables. Se trataba de viviendas ubicadas en la playa Babilonia en Guardamar del Segura (Alicante).

   El Supremo traslada que el contenido íntegro de las sentencias --tanto de Ence como de este segundo caso--, que contarán con el voto particular de la magistrada Ángeles Huet, se conocerá en los próximos días.

EL SUPREMO CORRIGE A LA AUDIENCIA NACIONAL

   Con esta decisión, el Supremo invalida tres sentencias previas de la Audiencia Nacional, que anuló la prórroga de la concesión de Costas. Estos tres fallos daban la razón, respectivamente, al Ayuntamiento de Pontevedra, a Greenpeace y a la Asociación Pola Defensa da Ría (APDR)

   En concreto, el tribunal explicaba que en virtud del artículo 32.1 de la Ley de Costas se debe justificar que las instalaciones cuya prórroga se acuerda por su naturaleza no pueden tener otra ubicación.

   E indicaba que, de acuerdo con la prueba pericial practicada se desprendía que el agua dulce, en un determinado volumen, es un recurso necesario e imprescindible para el proceso productivo de las plantas de pasta de papel Kraft con blanqueo, como la de Ence Pontevedra, así como la proximidad a recursos hídricos (agua salada o dulce) para la evacuación del vertido, "pero no que dichas plantas por su naturaleza o configuración, tengan que ubicarse en el dominio público marítimo terrestre, que es lo que exige el artículo 32.1 de la Ley de Costas".

   Por tanto, añadía, pueden situarse en las proximidades, pero fuera de dicho demanio costero, en las proximidades de los ríos o de grandes masas de agua. Como ejemplo, citaba los de otras factorías en una situación similar.

POLÉMICA PÚBLICA Y POLÍTICA

   La continuidad de la factoría en Pontevedra ha supuesto un debate abierto tanto en la sociedad de Pontevedra --con manifestaciones a favor y en contra--, como en el ámbito político y ha incluido cambios de postura, incluso desde la Administración autonómica.

   De hecho, el expresidente gallego Alberto Núñez Feijóo reivindicó en su día la retirada de la factoría de su actual emplazamiento, pero cambió de postura en el año 2015, poco antes de las elecciones municipales, como previamente habían hecho los populares en el ámbito local.

   Desde entonces, la Xunta llegó a manifestarse partidaria de analizar un posible cambio de emplazamiento, pero oídos los argumentos de la empresa, secundan la versión de que no hay otra ubicación posible para albergar la factoría y esgrimen que cualquier traslado supondría un cierre con el consecuente efecto en "miles" de empleos.

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