"Tras el acoso político y sindical que esta Consellería ha padecido ahora sería deseable que se nos pidiesen disculpas", asegura Jesús Vázquez
SANTIAGO DE COMPOSTELA, 19 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido dos sentencias --con ponentes diferentes en cada caso-- en las que avala la decisión de la Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria de valorar, en el concurso de traslados, los servicios que los funcionarios de carrera prestaron como interinos.
Ambos fallos revocan las dos sentencias del Juzgado número dos del Contencioso Administrativo de Santiago de Compostela, que anulaban parcialmente la Orden del 16 de octubre de 2013 por la que se convocaba este concurso entre personal docente.
El titular del departamento autonómico, Jesús Vázquez Abad, ha informado de ello este viernes en una rueda de prensa, en la que ha explicado que este fallo "ratifica la legalidad" de la decisión de la Xunta de valorar como mérito cuantificable en la convocatoria de traslados el servicio prestado por los funcionarios de carrera como interinos.
"Como consecuencia", ha indicado, "se confirma la resolución definitiva de concurso y las personas que, en el marco del mismo, resultaron adjudicatarias de una plaza se mantendrán en ella". De este modo, "quedan despejadas todas las dudas sobre el concurso de traslados convocado por esta Consellería y que tanta polémica suscitó en su momento", ha destacado.
Según ha indicado Vázquez Abad, con este fallo, su departamento "ve reforzado su proceder por los tribunales" tras "el acoso padecido". "Tras el acoso político y sindical que esta Consellería ha padecido ahora sería deseable que se nos pidiesen disculpas y se reconociese que este departamento actuó con equidad, prudencia y ajustándose a derecho", ha apuntado.
"DECISIÓN FUNDAMENTADA"
Durante su intervención, en la que ha estado acompañado del director xeral de Centros e Recursos Humanos, José Manuel Pinal, y del subdirector xeral de Recursos Humanos, José Luis Canosa, Vázquez ha recordado que la Consellería tomó la decisión de computar en el concurso de traslados en igualdad de condiciones los servicios prestados por el personal como interino basándose en criterios "puramente técnicos, como la jurisdicción y la normativa al respecto".
Asimismo, el conselleiro de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria ha recordado que la orden pasó por la Mesa Sectorial correspondiente y que incluso un informe emitido por el Valedor do Pobo avaló la convocatoria del concurso.
De hecho, según ha indicado, ambas sentencias del TSXG se fundamentan en criterios "idénticos" o "muy similares" a los seguidos por el departamento autonómico para la convocatoria al considerar, por ejemplo, que "si, como vemos, con rotundidad se afirma por la jurisprudencia comunitaria que no constituye razón objetiva desvirtuadora de la discriminación el hecho de que los servicios fuesen prestados en régimen de interinidad, no existe motivo alguno para que no se aplique el mismo criterio cuando se trata de un proceso de provisión".
"Y esto es así porque la naturaleza de las tareas que se desarrollan no varía por el hecho de que los servicios desempeñados lo sean en virtud de una relación de interinidad. En consecuencia, al concurrir el mérito de la experiencia previa y antigüedad en la prestación de los servicios, deben ser computados tanto en un proceso de ingreso como de provisión", ha citado el conselleiro.
Además, ha asegurado que "la Consellería buscó, en cada momento, la decisión más beneficiosa para todos los docentes participantes en el concurso". "En primer término, evitar la incertidumbre que supondría presentar un recurso y, una vez otros agentes lo presentaron, aplicar la resolución inicial del concurso mientras no fuese ejecutiva --y finalmente no lo será-- la sentencia del Juzgado número 2 de lo Contencioso Administrativo de Santiago".
"Creo que sería propio, y así lo demandamos, que los partidos políticos y los sindicatos procedieran a una rectificación pues incluso cayeron en descalificaciones personales", ha apuntado antes de señalar que esta sentencia es "prácticamente firme" ya que solo cabe contra ella un recurso de casación en interés de ley, un recurso que "se viene negando".
PLAZAS DE INSPECTOR
Preguntado por los medios de comunicación, el conselleiro también se ha referido a las críticas formuladas a la decisión de su departamento de convocar plazas de inspector. "Se nos acusa de que esas plazas tendrían que ir destinadas al profesorado pero los inspectores ya son profesores y cumplen con una obligación, pero son plazas que no entran además en el 50% de la tasa de reposición", ha indicado.
En este sentido, ha precisado que "estas plazas son a mayores". "Son profesores que están dentro del sistema y que tienen que cumplir unos requisitos funcionarios, por lo tanto, si un profesor aprueba una oposición de promoción interna y se va a inspector su plaza queda vacía y hay que cubrirla con un nuevo interino sustituto", ha indicado.
"Por lo tanto, estamos apostando por al creación de empleo y por incrementar el número de empleados en el sistema educativo mediante una vía legal", ha apuntado.