El TSXG rechaza el recurso de Hablamos Español contra la ordenanza lingüística de A Coruña

Publicado: jueves, 10 noviembre 2022 17:01

A CORUÑA 10 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado que la ordenanza municipal de uso de la lengua gallega en el Ayuntamiento de A Coruña es conforme a derecho y, por tanto, ha rechazado el recurso interpuesto contra la misma por la asociación Hablamos Español.

Según informa el alto tribunal gallego, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo destaca en la sentencia que el texto "reconoce expresamente el castellano como lengua oficial en el Ayuntamiento", al tiempo que subraya que no impide a la administración dirigirse en castellano a los ciudadanos/as que así lo deseen.

"Emplear y promover el uso del gallego por parte de la administración no niega a cada ciudadano/a su derecho de elección lingüística relacional si así lo desea, simplemente establece un uso normal del gallego por parte del Ayuntamiento, lo cual deriva directamente de mandatos de carácter estatutario y legal, que apuntan a esta solución como política de normalización lingüística de una lengua históricamente sometida a un proceso sociolingüístico de diglosia".

Los magistrados inciden en que en la ordenanza hay "una invocación de primera orden, constitucional y estatutaria, del carácter cooficial del castellano". Además, recalcan en el fallo que el texto tiene por objeto regular el uso del gallego en el Ayuntamiento, por lo que aseguran que es "normal que, en su técnica normativa, se ponga el acento en los aspectos de la vida municipal en los que se quiere proyectar su presencia y la forma o los medios con los que se quiere concretar".

El tribunal también subraya que así lo establece "el propio Estatuto de Autonomía de Galicia y el resto de las normas legales de desarrollo sectorial".

La aportación al ordenamiento jurídico de la ordenanza, según indica el alto tribunal, "consiste en explicar y desarrollar en qué consistirá la promoción y normalización del uso del gallego en el campo municipal, de manera que el resto de los aspectos relativos al castellano, luego de una primera cita de reconocimiento de su estatus de oficialidad, podrán ser sobreentendidos por la vigencia del principio de jerarquía normativa".

"El uso normal del gallego al que se invita en la ordenanza es perfectamente coherente con el modelo constitucional de cooficialidad y, tal y como está redactado, ni por asomo admite la interpretación de que se prohíba a los destinatarios de la norma expresarse en castellano", explican los magistrados.

Por otra parte, los jueces inciden en "la legitimidad constitucional y legal" de que los pliegos de los contratos administrativos cuenten con las denominadas "cláusulas de contratación pública lingüísticamente responsable".