Aprobada la oferta de empleo público para 2024 del personal estatutario dependiente del IbSalut

Publicado: viernes, 20 diciembre 2024 14:36

PALMA 20 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Consell de Govern ha aprobado la oferta de empleo público para 2024 del personal estatutario dependiente del IbSalut.

En total, según ha indicado el portavoz del Ejecutivo, Antoni Costa, son 744 plazas (472 corresponden al turno libre y 272 al de promoción interna) para setenta y tres categorías. Del total, se reserva el 7% para personas con alguna discapacidad.

El Servicio de Salud dispone ahora de tres años para convocar los procedimientos selectivos derivados de esta oferta pública. La distribución de plazas de esta OEP de 2024 se puede ver en el anexo.

La Ley dispone que las plazas incluidas en la oferta de empleo público deben aprobarse y publicarse en el boletín oficial correspondiente antes de la finalización de cada año. Por otra parte, la convocatoria de las plazas debe publicarse y asegurar su ejecución en el plazo máximo de tres años.

REGULACIÓN DE LAS VACACIONES

También este viernes, el Consell de Govern ha ratificado la modificación de la regulación de algunos aspectos del período vacacional para el personal del Servicio de Salud.

Se trata de la ratificación del reciente Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 4 de diciembre de 2024 por el que se modifica el artículo seis del anterior Acuerdo, concretamente en relación con el desarrollo de medidas organizativas y de gestión en el ámbito del Servicio de Salud.

La Dirección del Servicio de Salud ha considerado necesario flexibilizar el disfrute de vacaciones para favorecer la conciliación de la vida laboral y la vida personal y familiar siempre que quede garantizada debidamente la prestación asistencial. Esta modificación del anexo I del anterior Acuerdo de la Mesa Sectorial ha sido aprobada por unanimidad por la parte social.

Con esta nueva regulación se establece que el período vacacional se debe disfrutar, preferentemente, de manera ininterrumpida y con un período mínimo de cinco días hábiles consecutivos. No obstante, si las necesidades del servicio lo requieren, las vacaciones podrán disfrutarse de forma no consecutiva y podrán autorizarse períodos de vacaciones inferiores a los cinco días.

Contador

Leer más acerca de: