PALMA DE MALLORCA 8 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares acogerá este lunes y martes desde las 9.45 horas el juicio por la pieza 78 del 'caso Andratx'.
Se juzgará al ex jefe de Urbanismo en el Ayuntamiento de Andratx y ex director general de Ordenación del Territorio, Jaume Massot, y a la arquitecta y ex jefa accidental de Urbanismo del Ayuntamiento, Maria Isabel Seguí Capó, por presuntos delitos de falsedad en documento oficial por funcionario público y prevaricación urbanística.
Los hechos tuvieron lugar en 2004. El fiscal acusa a Seguí de haber realizado un documento para certificar falsamente que una parcela del Puerto de Andratx estaba clasificada como suelo urbano, cuando en realidad era suelo rústico protegido, para de este modo posibilitar la construcción de once edificios de viviendas y piscinas.
Según el escrito del fiscal, fue el titular de la jefatura de Urbanismo, Jaume Massot, quien convenció a Seguí para realizar esta certificación e informar favorablemente las licencias posteriores que posibilitaron la edificación.
La acusación pública señala que aunque Massot se encontraba en servicios especiales por desempeñar un cargo en el Govern, "seguía dando instrucciones y asesorando de manera habitual en el Ayuntamiento de Andratx".
De hecho, el fiscal apunta que Massot ya había certificado de forma inveraz la condición de urbanos de terrenos de la misma finca registral, unos hechos que se enjuician por separado en la pieza número 1 del caso.
Por ello, Seguí se enfrenta como presunta autora material a una petición de pena de tres años de prisión, inhabilitación especial para la función pública en la administración local durante once años y multas que suman 18.000 euros. Para Massot, el fiscal pide las mismas penas en concepto de inductor.
De forma subsidiaria, el fiscal propone, si no se estima probado que los hechos narrados se realizaron de manera dolosa --es decir, si se estima que Seguí hizo la certificación sin conocimiento pleno de que faltaba la verdad, pero sin llevar a cabo comprobaciones que le permitieran salir de este error--, para ambos acusados una multa de 6.000 euros por delito de falsedad por imprudencia grave por funcionario público con suspensión para función pública en la administración local por tiempo de un año.