PALMA DE MALLORCA 29 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de Primera Instancia número 22 de Palma ha condenado a las concesionarias de la red de recogida neumática, Envac Iberia y Urbaser, a indemnizar con más de 18,7 millones de euros a la Empresa Municipal de Aguas y Alcantarillado (Emaya), a raíz de los perjuicios derivados de los diferentes incumplimientos contractuales en que han incurrido las entidades demandadas con este servicio, como los defectos de diseño y la incorrecta selección de materiales.
Mediante una sentencia recurrible ante la Audiencia Provincial, el Juzgado ha estimado de esta forma la demanda interpuesta por Emaya y condena a las empresas, integrantes de la UTE Palma de Mallorca Casco Histórico, a pagar 18,7 millones más el Índice de Precios Industriales, además de otros 446.208 euros más intereses.
A ello hay que restar 1,1 millones por la instalación subsistente y el aval constituido en su día en favor de la sociedad municipal.
Emaya interpuso la demanda contra las empresas proyectistas y constructoras de la red de la recogida neumática, fuera de servicio desde el 16 de mayo de 2012, como consecuencia de la situación de ruina que ésta presenta pese a haber prestado servicio durante apenas un tercio de su vida útil, que se estimaba en 30 años.
Las demandadas rechazaban que la corrosión les fuese imputable a ellas y sostenían que aquélla es debida a una incorrecta operación de la red así como a un deficiente mantenimiento preventivo y correctivo de la misma por parte de Emaya.
Para las empresas, es de "entera responsabilidad" de la sociedad municipal el deterioro y abandono sufrido por la red.
En concreto, fue en agosto de 1998 cuando Emaya convocó concurso público para la redacción de un proyecto y ejecución de las obras de un sistema de recogida neumática de residuos sólidos urbanos en Palma, que fue adjudicado al proyecto presentado por la UTE, integrada inicialmente por Centralsug Iberia (actualmente denominada Envac Iberia), Urbaser y Dragados (que posteriormente cedió su participación a Urbaser).
Hasta julio de 2005, Emaya encomendó a Envac la gestión de la explotación de la red -constituida por una serie de buzones en los cuales los usuarios tenían que depositar sus residuos, tuberías a través de las cuales circulaban aspirados por una corriente de aire hasta llegar a una central de recogida-, para pasar posteriormente a asumirla la propia demandante.
Sin embargo, alega la empresa pública que desde principios de 2006 comenzaron a multiplicarse las incidencias que afectaban al funcionamiento esperado de la instalación y que fueron incrementándose en número y gravedad hasta que, en mayo de 2012, el sistema entró en colapso definitivo por ser el coste de recuperación muy superior, en ese momento -trascurridos diez años-, al valor de la red.
La resolución judicial estima probado, de acuerdo a los análisis efectuados por el Departament de Ciència dels Materials i Enginyeria Metal.lúrgica de la Universitat Politécnica de Catalunya y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que la corrosión afecta a la red de forma generalizada, y en grado avanzado, hasta el punto de que puede darse por inservible el sistema.
El juez incide en su sentencia en que fue la UTE la que cobró los honorarios devengados por la elaboración del proyecto, por lo que "no parece tampoco justificado que, si se consideró legitimada para cobrar por sus servicios, no deba estarlo igualmente para responder por los daños y perjuicios que los mismos puedan haber ocasionado".