En el auto completo, que consta de cinco páginas, el juez no alude al secreto profesional ni a la Constitución
PALMA DE MALLORCA, 15 Ene. (EUROPA PRESS) -
El juez instructor del 'caso Cursach', Miguel Florit, ordenó requisar los móviles de los periodistas de Europa Press y 'Diario de Mallorca' porque consideró que era "decisivo para la investigación" de la pieza por revelación de secretos sobre informaciones periodísticas publicadas sobre la causa.
Así lo expuso en la fundamentación jurídica del auto por el que ordenó la incautación. El auto completo, que no fue notificado a los afectados el día de la intervención, consta de cinco páginas en las que el juez no hace ninguna alusión ni al secreto profesional ni a la Constitución que recoge ese derecho.
Según consta en el auto, fue la Policía quien solicitó al juez que autorizara la entrada y registro de las oficinas de Europa Press y 'Diario de Mallorca'. Lo pidió "a fin de averiguar si en las mismas podían encontrarse objetos o indicios que puedan servir para el esclarecimiento" de los presuntos delitos de descubrimiento de secretos, si bien cabe recordar que la Fiscalía aseguró posteriormente en un comunicado que la intervención "no tuvo por objeto localizar o descubrir las fuentes de información" sino que perseguía el "aseguramiento de los efectos materiales procedentes del delito".
El auto del juez Florit se limita a indicar que la Fiscalía informó favorablemente a la solicitud de la Policía, pero no da cuenta del contenido de dicho informe.
A continuación, en los fundamentos jurídicos de la resolución, el juez argumenta que la inviolabilidad del domicilio no es un derecho absoluto y apunta que "consta en la causa que los periodistas tuvieron información confidencial con copias originales de los documentos filtrados, que guardan en sus teléfonos móviles o en sus ordenadores".
POSIBLE DELITO DE DESOBEDIENCIA
Seguidamente, el juez cita varios artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal resaltando que la norma permite el registro de libros y papeles no sólo de los investigados, sino también de otras personas, "cuando ello fuere necesario para el resultado del sumario".
También indica que "todos están obligados a exhibir los objetos y papeles que tengan que ver con la causa" y que quien se niegue "podría ser sancionado con multa e incluso procesado como autor de un delito de desobediencia a la autoridad".
FLORIT REVOCÓ ESTA ORDEN DIEZ DÍAS DESPUÉS
Diez días después de la incautación, el juez Florit revocó esta decisión en un auto en el que tampoco hizo referencia expresa al secreto profesional. "Reexaminadas las diligencias efectuadas en esta causa (...) deben ponderarse en este momento los distintos derechos fundamentales en juego".
En esta nueva resolución, Florit ponderó por un lado la persecución del delito y por otro lado, solamente hizo alusión a que "se ponderan los derechos de terceros en esta causa afectados por las intervenciones acordadas".
Por ello, consideró "adecuado reformar de oficio" el auto anterior y dejarlo sin efecto por revelarse "una mengua importante de la necesidad y eficacia de las medidas acordadas".