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EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 13 enero 2017 15:36

PALMA DE MALLORCA 13 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Consell de Govern ha aprobado este viernes el Decreto que regula el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2017-18 y hasta el curso 2022-2023, puesto que la vigencia de los existentes actualmente finaliza el curso escolar 2016-2017.

Así lo ha anunciado la portavoz del Govern, Pilar Costa, durante la rueda de prensa posterior al Consell de Govern, donde ha precisado que la normativa vigente hasta el curso 2016-17 tenía rango de Orden y entró en vigor el 21 de diciembre de 2012.

La nueva normativa que se aplicará a partir del curso 2017-18 tendrá rango de Decreto, para atender la observación hecha por el Consejo Consultivo en esta materia.

El decreto amplía la duración de los conciertos educativos de cualquier etapa a seis cursos escolares, a partir del 1 de septiembre de 2017. La anterior normativa se aplicaba a cuatro cursos y la nueva se ha ajustado a las nuevas directrices de la Lomce.

Además, los centros tendrán que cubrir de forma equitativa las necesidades de la zona de escolarización en la cual estén ubicados.

Los conciertos educativos de las etapas de enseñanza obligatoria, es decir, de segundo ciclo de educación infantil y de educación primaria, educación secundaria obligatoria, educación especial, Uecco y ciclos de formación profesional básica se subscriben en régimen general.

Los conciertos educativos de las enseñanzas post obligatorias, es decir, de bachillerato y ciclos formativos de grado medio y superior tienen carácter singular.

Asimismo, el Decreto recoge la adecuación de las horas financiadas por unidad o por centro a las nuevas necesidades que se derivan de la Lomce, añadiendo horas curriculares adicionales.

Esto supone que se tienen en cuenta los Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR) con 30 horas por cada unidad; dos horas para el conjunto de unidades de 3º de ESO y para los itinerarios de 4º de ESO, se prevén nueve horas para los centros con una sola unidad concertada y cuatro horas para los centros con dos unidades concertadas.

También se prevé la dotación de otras horas lectivas para el programa de reutilización de libros de texto, inglés en los Ciclos Formativos de Grado Superior o para el programa integrado de música del Centro Integrado de Música Escolania de Lluc. Se podrán autorizar otros conceptos puntuales con el informe previo de la Comisión de Conciertos.

Paralelamente, el decreo persigue la estabilización de las dotaciones básicas de profesorado de atención a la diversidad: establece que se tiene que asignar a los centros una dotación básica de especialistas de pedagogía terapéutica, de audición y lenguaje y de atención a la diversidad del 80% de las horas que correspondan a cada centro según los datos existentes a final del curso 2015-2016.

Esta dotación básica de profesorado de atención a la diversidad se completará, cuando proceda, con una dotación de profesorado adicional, de acuerdo con las necesidades del centro, la actualización anual de los criterios y la disponibilidad presupuestaria de la Conselleria de Educación y Universidad.

Por otro lado, se establecen ratios mínimas de alumnado por etapa y municipio y se obliga a tener una relación mediana de alumnos por unidad escolar en cada etapa no inferior a la que la Conselleria de Educación y Universidad determine teniendo en cuenta el existente a los centros públicos del municipio o zona de escolarización en que esté situado el centro.

Finalmente, en virtud del nuevo Decreto, los centros privados-concertados tendrán que usar el programa de gestión de la Conselleria de Educación y Universidad (GestIB) para todo el proceso de escolarización, matriculación de alumnos, horario general del centro y calendario escolar, horario del profesorado y del alumnado, distribución de las horas de libre disposición, lengua de impartición de las materias, evaluación y promoción del alumnado, peticiones de personal de apoyo y ATE y relación de libros de texto, entre otros.

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