PALMA DE MALLORCA 16 Dic. (EUROPA PRESS) -
El fiscal anticorrupción Pedro Horrach ha subrayado este martes que "no es posible que en un mismo país" el que fuera presidente de Banco Santander, Emilio Botín, "no fuera sometido a juicio" en el llamado caso 'cesiones de crédito' por solicitarlo únicamente la acusación popular, y sí "la ciudadana Borbón" en el caso Nóos, en referencia a la Infanta Cristina, pese a estar sometidos ambos "a una misma normal procesal".
Así lo ha puesto de manifiesto en una entrevista en IB3 Ràdio, recogida por Europa Press, en la que ha manifestado que no descarta recurrir el auto de apertura de juicio oral que el juez José Castro prevé dictar antes de Navidad, en caso de que el objeto del mismo "se exceda" en lo que a la aplicación de la doctrina Botín se refiere.
En concreto, esta "mal llamada" doctrina Botín, ha apuntado Horrach, impide juzgar a alguien si únicamente le acusa quien ejerce la acción popular -en este caso Manos Limpias- y no la Fiscalía o el perjudicado del delito cometido. Ni Ministerio Público ni Agencia Tributaria apuntan a la existencia de indicios criminales sobre la hermana del Rey Felipe VI.
El representante del Ministerio Público ha recalcado que esta doctrina se refiere al artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que insta a archivar las pesquisas para quien así lo piden Fiscalía y acusación particular. "La LeCrim es imperativa, algo que parece que hemos olvidado. El proceso penal tiene que ser igual aquí que en Badalona", ha espetado.
Al ser preguntado sobre cuál será el papel de la Fiscalía en caso de que Castro abra juicio oral contra la Infanta, Horrach ha señalado que "la instrucción no se ha cerrado ni el juicio ha empezado". No obstante, ha subrayado que la posición del Ministerio Fiscal "va a ser la misma" y pasará por solicitar la absolución de la Duquesa de Palma si finalmente se sienta en el banquillo de los acusados. "Desde el minuto 1 hemos sostenido que no hay indicios suficientes".
"NO HA HABIDO JAMÁS UNA IMPUTACIÓN POR SER MERO SOCIO DE UNA EMPRESA"
De hecho, ha recalcado que "no ha habido jamás una imputación en la historia de la Fiscalía a alguien por ser mero socio de una mercantil, ningún caso", refiriéndose así al motivo por el que Manos Limpias solicita ocho años de cárcel para la Infanta: haber contribuido a que su marido, a través de Aizoon -de la que ambos son copropietarios- pudiera defraudar hasta 337.138 euros en las cuotas del IRPF del 2007 y el 2008.
Y ello al facturar a través de la mercantil del matrimonio, como si de rendimientos de actividades económicas se tratasen y no personales, las retribuciones que cobró de numerosas entidades privadas de las que era consejero asesor, y de este modo tributar menos en su declaración de la renta.
"El hecho de ser socio es irrelevante penalmente, se trata del ejercicio legítimo de un derecho del que no pueden extraerse consecuencias penales", ha incidido el fiscal, quien ha subrayado que "a las personas se las castiga por lo que hacen, no por lo que son, y a la Infanta se la imputa en base a meras sospechas o conjeturas. Si pudo saber o conocer, también pudo no saber y no conocer".