PALMA 19 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Sección Primera de la Audiencia provincial celebra este miércoles (11.30 horas) la vista previa al juicio contra un hombre y una mujer acusados de obligar a una mujer a ejercer la prostitución en Mallorca.
Los hechos, según señala el Ministerio Fiscal, ocurrieron en noviembre de 2019 cuando el acusado, a través de una tercera persona que se encontraba en Ecuador, contacto con la víctima, que también residía en Ecuador, y comenzó a conversar con ella por redes sociales y por teléfono, ganándose su confianza.
El procesado conocía que la víctima se encontraba desempleada, con una hija menor a su cargo y que había finalizado un tratamiento contra el cáncer en octubre y, según el escrito de acusación, el hombre, aprovechándose de dicha información, le ofreció la posibilidad de viajar a España donde la ayudaría a encontrar un trabajo, sin decirle que el trabajo en cuestión sería ejercer la prostitución.
La mujer aceptó la oferta y viajo hasta Palma, donde la recogió el acusado y la llevó a un piso. La Fiscalía explica que el procesado le dijo a la perjudicada que tenía una deuda con él de 4.000 euros por las gestiones realizadas y que debía trabajar como prostituta en ese piso a fin de saldar la deuda, amenazándola de que si no lo hacía la mataría.
Así, según la fiscal, la perjudicada prestó servicios como prostituta en el inmueble, regentado por la otra acusada, quien se dedicó a anunciar los servicios sexuales de la víctima por internet y fijo las condiciones de trabajo de la perjudicada. Además, la procesada era quien cobraba los servicios y obtenía un 60 por ciento de las ganancias.
El Ministerio Fiscal considera los hechos constitutivos de un delito de trata de seres humanos y dos delitos de prostitución coactiva. Así, pide para el acusado ocho años de cárcel y tres años para la acusada, así como una multa de 17 meses a razón de diez euros diarios (unos 5.100 euros) a cada uno.
Además, se solicita que se imponga a los acusados la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima y de comunicarse con ella durante un periodo de diez años en el caso del acusado y cinco en el de la procesada.