Bruselas presenta directrices para ayudar a policías y jueces en los 28 a perseguir discursos de odio

Publicado: miércoles, 28 noviembre 2018 15:50

Precisa que la compensación a la víctima debe tener en cuenta sus "necesidades y deseos"

BRUSELAS, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Europea ha publicado este miércoles unas directrices para ayudar a las autoridades policiales y judiciales en los Estados miembro a aplicar mejor las normas europeas para combatir el racismo y la xenofobia y ayudarles a perseguir los discursos y crímenes de odio.

La decisión Marco de 2008 del Consejo define una aproximación del derecho penal común para atajar el discurso racista y xenófobo, incluidos los casos de discursos y crímenes de odio que constituyen las manifestaciones "más graves" del racismo y la xenofobia.

Es decir, la decisión no prevé "la plena armonización" del derecho penal en los diferentes Estados miembro pero sí "una aproximación mínima necesaria para garantizar que la legislación nacional es suficientemente exhaustiva" y obliga a tipificar como delito penal "la incitación pública a la violencia o el odio dirigido contra un grupo de personas y un miembro de dicho grupo definido por la referencia a la raza, color, religión, ascendencia u origen nacional o étnico" y considerar en "cualquier otra ofensa penal" la motivación racista y xenófoba como "circunstancia agravante" o tenerla en cuenta "en la determinación de las penas".

El Ejecutivo comunitario ha publicado las directrices para guiar a las autoridades policiales y judiciales en los Veintiocho tras constatar que sigue habiendo "vacíos" a la hora de garantizar "que los casos que discursos de odio son rápidamente detectados, investigados y perseguidos" y que la motivación racista asociada a un crimen se tenga en cuenta "en una fase temprana de la investigación" y "en todo el proceso judicial".

También ha aclarado en las directrices publicadas que la diseminación o distribución pública o de otro material que incite a la violencia "también será punible" y recuerda que la decisión deja margen a los Gobiernos para "incluir en su legislación nacional otras características protegidas" para castigar la incitación a la violencia o al odio por motivos adicionales como la orientación sexual, la identidad de género, la discapacidad, el género o el estatus social.

"La Comisión concede especial atención a garantizar que la trasposición de la Decisión Marco respeta plenamente todos los derechos fundamentales en la Carta de Derechos Fundamentales de la UE", señalan las directrices.

Así, recuerda que "cualquier limitación al ejercicio de los Derechos Fundamentales y las libertades deben ser previstos por la ley" y hay que garantizar "el principio de proporcionalidad". "Las limitaciones sólo podrán darse si son necesarias y genuinamente cumplen los objetivos de interés general reconocidos por la Unión o la necesidad de proteger los derechos y libertades de otros", señala en el documento.

Los tribunales nacionales son los responsables de interpretar y aplicar las disposiciones nacionales para incorporar "adecuadamente" la Decisión Marco.

Aunque esta "no contiene ninguna disposición sobre la restitución y compensación de los ofensores a las víctimas", el Ejecutivo comunitario aclara que es algo que deben decidir los tribunales o autoridad nacional competente "teniendo en cuenta la naturaleza especial de estos crímenes y el impacto que tienen en las víctimas". "Cualquier decisión deberá tener en cuenta debidamente las necesidades y deseos de la víctima", subraya.

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