El Constitucional de Ecuador anula la reforma que planteaba el uso de la fuerza letal por parte de militares

Ecuador.- Al menos cuatro muertos y una docena de heridos en un nuevo motín en una cárcel en el oeste de Ecuador
Ecuador.- Al menos cuatro muertos y una docena de heridos en un nuevo motín en una cárcel en el oeste de Ecuador - STRINGER / XINHUA NEWS / CONTACTOPHOTO
Publicado: viernes, 7 mayo 2021 12:10


MADRID, 7 May. (EUROPA PRESS) -

La Corte Constitucional de Ecuador ha declarado ilegal la reforma que establecía un uso progresivo de la fuerza por parte de los militares y que en su escalón más alto planteaba el uso de la fuerza letal, lo que supone la anulación definitiva de una ley que ya había quedado en suspenso por orden del tribunal en junio de 2020.

El quinto y última grado planteaba la respuesta en caso de 'resistencia agresiva agravada', es decir, cuando hubiese arremetidas contra las Fuerzas Armadas que pudiesen "causar lesiones graves o la muerte del militar o de terceras personas". En este tipo de casos, se contempla el "uso de arma de fuego con munición letal".

Los jueces han concluido que este uso de la fuerza letal no está recogida dentro de la Constitución y que, en caso de que se regulara, la potestad debería recaer en la Asamblea Nacional o en una Asamblea Constituyente, en la medida en que "puede conllevar una afectación directa a los derechos a la vida e integridad física". La Corte Constitucional entiende también que el ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín, se extralimitó en sus competencias.

La sentencia recoge expresamente que la valoración judicial "no impide a las Fuerzas Armadas ejecutar su rol como actor complementario y de apoyo en aquellas tareas que constitucionalmente les han sido asignadas", según un comunicado del tribunal.

La Asamblea Nacional tiene precisamente un debate abierto sobre la Ley Orgánica para el Uso Legal, Proporcional, Adecuado y Necesario de la Fuerza, por lo que la Corte Constitucional ha confirmado que enviará la sentencia a los diputados para que consideren los criterios establecidos pos los jueces y los límites y permisos que se pueden imponer en el caso de las Fuerzas Armadas.

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