La fiscal general de Venezuela pide al TSJ que aclare su ratificación a la Constituyente

Publicado: viernes, 2 junio 2017 7:12


MADRID, 2 Jun. (EUROPA PRESS) -

La fiscal general de Venezuela, Luisa Ortega Díaz, ha vuelto a desmarcarse del 'oficialismo' y ha solicitado a la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que aclare su ratificación de la Asamblea Constituyente en la que, en virtud de su interpretación de los artículos 347 y 348 de la Constitución, sostiene que corresponde al presidente, Nicolás Maduro, el poder de convocatoria y que ésta no debe ser aprobada en consulta popular.

Este jueves ante la sede del órgano judicial ha explicado ante los medios que en el marco de sus facultades y competencias ha asegurado que esta decisión es un retroceso en materia de progresividad de los Derechos Humanos en el país.

A este respecto, Ortega Díaz ha asegurado que la Constitución establece que "bajo ninguna circunstancia" se pueden desmejorar los Derechos Humanos. En este sentido, ha acusado al Gobierno de Maduro de querer vulnerar la progresividad de estos derechos al convocar una Constituyente "en la que la participación popular se reduce a su mínima expresión".

Asimismo, ha pedido que se aclare la postura del TSJ sobre la soberanía del pueblo en relación a la Constituyente, y ha indicado que la sentencia del tribunal no deja claro si esa soberanía reside en el pueblo "intransferiblemente", como prevé el artículo 5 de la Carta Magna.

Además, ha cuestionado que en su sentencia el TSJ apunte a que únicamente se debe convocar un referéndum cuando la iniciativa la realice el 15 por ciento de los electores inscritos, y ha considerado que con esta sentencia el TSJ defiende que "la decisión emanada de un poder que actúa en representación del pueblo está por encima del pueblo mismo".

Potro otro lado, ha destacado que es necesario determinar las diferencias entre convocatoria de la Constituyente e iniciativa de la convocatoria, criticando que el pueblo tiene "menos posibilidades" que el propio Gobierno para convocar la Asamblea.

Así, ha señalado que la sentencia del TSJ se limita a analizar sólo una parte de la Carta Magna y que no considera otros derechos, como el de la participación protagónica del pueblo venezolano.

Por último, ha pedido a la sala constitucional que aclare si se puede o no convocar una modificación de la Constitución sin aprobación del pueblo venezolano.

En un comunicado, el TSJ explicó esta misma semana que la sala constitucional ha resuelto una demanda de interpretación de los artículos 347 y 348 de la Constitución, indicando que si bien el pueblo "es el depositario del poder constituyente" y por eso le corresponde la convocatoria, la "iniciativa para convocarla le corresponde, por regla general, a los órganos del Poder Público".

Así, ha detallado que en este caso corresponde al presidente de la República en Consejo de Ministros, a la Asamblea Nacional mediante acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes y a los concejos municipales en cabildo mediante el voto de las dos terceras partes".

En este contexto, la sala constitucional del TSJ ha recalcado que en virtud de estos artículos "la sala constitucional del TSJ considera que no es necesario, ni constitucionalmente obligante, un referéndum consultivo previo para la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente".

Este mismo miércoles el Consejo Nacional Electoral (CNE) abrió el plazo de inscripción para los ciudadanos que deseen postularse para formar parte de la Constituyente, un polémico proyecto que la oposición ha llamado a desconocer por considerarlo ilegal.

Si bien el plazo de inscripción en la web finalizaba el jueves, el CNE ha decidido extenderlo un día más.

Maduro ha convocado una Asamblea Constituyente por considerar que es la única forma de devolver la paz a Venezuela. La Mesa de la Unidad Democrática (MUD), por su parte, ha denunciado que de esta manera el 'chavismo' pretende consumar el "autogolpe" que comenzó con las polémicas sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TPJ) para despojar de sus competencias a la Asamblrea Nacional.

Leer más acerca de: