BRUSELAS, 4 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado en una sentencia este martes que Alemania pueda denegar un visado para hacer un curso doctoral en el país a una estudiante iraní que estudió un máster en Tecnología de la Información en la Universidad iraní Sharif de Tecnología, sancionada por la Unión Europea por su apoyo en el ámbito militar al régimen iraní.
El Gobierno alemán justificó denegarle el visado por miedo a que pudiera utilizar los conocimientos que obtuviera durante su investigación para ayudar al Gobierno de Irán, por ejemplo, para obtener información confidencial de los países occidentales, la represión interna o cometer violaciones de los Derechos Humanos, dado que su proyecto tenía por objeto investigar la seguridad de los móviles y los protocolos de seguridad, incluida la detección de intrusiones en teléfonos inteligentes.
El Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Berlín, al que la estudiante Sahar Fahimian recurrió la decisión de las autoridades alemanas de denegarle un visado para estudiar un curso doctoral en la Universidad Técnica de Darmstadt con una beca que obtuvo en 2012, ha pedido a la Justicia europea que aclare si las autoridades nacionales tienen un amplio margen de apreciación para determinar si la demandante representa una amenaza para la seguridad pública y pueden denegarle el visado.
La directiva europea de 2004 sobre los requisitos de admisión de los nacionales de terceros países para estudios tiene por objetivo promover a Europa como un centro mundial de excelencia de la enseñanza a través de la movilidad de los estudiantes, pero exige que no sean considerados una amenaza pública para concederles el visado.
En su sentencia de este miércoles, el Tribunal de Justicia ha dictaminado que las autoridades nacionales disponen de "un amplio margen de apreciación" para comprobar si un ciudadano de un tercer país que pide un visado para estudiar en la UE representa una amenaza para la seguridad pública, aunque sea "potencial" y debe justificar su denegación de visado "en razones debidamente motivadas" y "en una base fáctica suficientemente sólida".
A este respecto, el Tribunal europeo con sede en Luxemburgo aclara que la directiva no se opone a que un país deniegue un visado para estudios "en un ámbito sensible para la seguridad pública" a un nacional de un tercer país titulado por una universidad "sometida a medidas restrictivas", que en este caso tiene un "importante historial" de cooperación con el Gobierno iraní en el ámbito militar. Y puntualiza que, en efecto, la obtención de información confidencial de países occidentales, la represión interna o, en general, las violaciones de los Derechos Humanos "son fines contrarios a la salvaguardia de la seguridad pública".