MADRID, 21 Sep. (EUROPA PRESS) -
La Suprema Corte de Justicia de México ha invalidado este lunes la regulación de la objeción de conciencia que se incluye en la Ley General de Salud, la cual se usaba de pretexto para limitar la interrupción legal del embarazo.
El pleno de el máximo tribunal ha acordado con ocho votos a favor invalidar el Artículo 10 Bis de la Ley, en el cual se indica que el personal médico o de enfermería "puede ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios", excepto en casos "de urgencia médica" o en los que "se ponga en riesgo la vida del paciente".
Previamente, el pleno del Tribunal había señalado que la objeción de conciencia tiene bases constitucionales en la libertad religiosa, si bien, varios de los ministros señalaron que esta se utilizaba para negarse a practicar el aborto, que se ha regularizado recientemente en el país.
"Hoy el Supremo da plena efectividad al derecho a la interrupción del embarazo. La ley debe establecer las condiciones y modalidades para que la objeción de conciencia no interfiera con los deberes de disponibilidad en materia de salud, en especial con los Derechos Humanos de las mujeres", ha celebrado el presidente del Supremo, Arturo Zaldívar, tras la decisión.
Anteriormente, Zaldívar había advertido de que no prescindir del señalado artículo suponía "dar un cheque en blanco" contra los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, y derivaba en "inseguridad jurídica", informa el medio mexicano 'Milenio'.
"El derecho a la interrupción del embarazo no debe quedar en el papel. Nuestros abogados y abogadas defensoras llegarán a todos los rincones del país para asesorar a personas criminalizadas por el derecho a decidir", dijo también el presidente del Supremo.
Por su parte, la ministra Margarita Ríos Farjat calificó el artículo de "deficiente, restrictivo y limitativo" y mostró su "impotencia" por la existencia de "normas tan deficientes ante temas tan importantes".
Tras la decisión de invalidar la objeción de conciencia, los ministros retomarán este martes la cuestión para establecer qué lineamientos deben incluir los legisladores federales y enviar un exhorto al Congreso de la Unión para que se corrija la ley.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró a principios de septiembre inconstitucional que se pudiese sancionar penalmente a una mujer que interrumpe el embarazo en su fase inicial. Hasta ahora, solo cuatro estados mexicanos autorizaban los abortos, hasta la duodécima semana de gestación.