TJUE avala que Eurocámara denegara el acceso a dos documentos de la instrucción contra un ex primer ministro checo

Archivo - El exprimer ministro checo Andrej Babis.
Archivo - El exprimer ministro checo Andrej Babis. - TOMAS TKACIK / ZUMA PRESS / CONTACTOPHOTO
Publicado: miércoles, 28 septiembre 2022 12:00


BRUSELAS, 28 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal General de la Unión Europea ha avalado este miércoles la decisión del Parlamento Europeo de denegar el acceso a dos documentos de la investigación sobre un posible uso indebido de fondos de la Unión y posibles conflictos de intereses del ex primer ministro checo, Andrej Babis, al entender que ha desaparecido el interés al haberse hecho público el documento.

El caso se remonta a 2020 cuando la Eurocámara estudió un posible conflicto de intereses del dirigente checo en las negociaciones del presupuesto europeo por su influencia en Agrofert, el conglomerado de 250 empresas agrícolas y de alimentación que el primer ministro fundó y transfirió a un fondo fiduciario en 2017 cuando llegó al poder.

Entonces la propia empresa de Babis presentó una solicitud de acceso a diferentes documentos, de los cuales la Eurocámara denegó dos: un escrito de la Comisión Europea dirigido al primer ministro checo y un informe final de auditoría realizado por Bruselas.

Esta decisión fue recurrida por Agrofert ante el Tribunal General que en su sentencia de este miércoles ha validado el proceder del Parlamento Europeo al desestimar el recurso sobre el acceso al escrito a Babis y considerar que, en el caso del informe de la auditoria de la Comisión Europea, ha desaparecido el interés en ejercitar la acción contra este bloqueo al ser publicado por el propio Ejecutivo comunitario.

En el caso del informe, a raíz de su publicación la denegación por el Parlamento Europeo "deviene ineficaz por cuanto el autor del documento, la Comisión, decidió permitir que fuera accesible al público". Y señala el tribunal que "la anulación de la decisión impugnada en tanto que denegatoria del acceso al referido informe no llevaría aparejada ninguna consecuencia adicional", entendiendo que en ese momento, la negativa a contar con este documento dejó de generar un beneficio al demandante.

En lo que respecta a la comunicación de Bruselas con el ex primer ministro checo, la sentencia indica que no se tuvo en cuenta la existencia de un interés público superior que justificara la divulgación del escrito.

Según el tribunal, el interés que invoca la empresa demandante no es un interés general "sino un interés privado", "de suerte que no ha demostrado que existía un interés público superior que justificara la divulgación del escrito de la Comisión".