CARACAS, 12 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ha declarado que el Decreto de Emergencia Económica propuesto por el presidente Nicolás Maduro está vigente, pese al rechazo mayoritario a la medida por parte de la Asamblea Nacional.
Este jueves, la Sala Constitucional del TSJ ha confirmado la vigencia del Decreto n° 2.184, publicado el 14 de enero de 2016 por la Presidencia de la República, en la Gaceta Oficial n° 6.214 Extraordinario, tal y como detalla el diario venezolano 'El Nacional'.
El organismo judicial, en su fallo, ha indicado además que la Asamblea Nacional "vulneró la Ley Orgánica sobres Estados de Excepción", por lo que la sala constitucional ha ordenado citar al presidente del Parlamento, Henry Ramos Allup.
DECRETO DE MADURO
El pasado 15 de enero Maduro decretó la "emergencia económica nacional" con el fin de disponer libremente del presupuesto para, en primer lugar, adoptar medidas para reactivar la producción y acabar así con la crisis de abastecimiento de bienes básicos.
Sin embargo, una semana después la Asamblea Nacional de Venezuela rechazaba el decreto, anticipando un nuevo enfrentamiento institucional entre los dos polos de poder en que ha quedado dividido el país sudamericano.
Tal como había adelantado la oposición, una mayoría de diputados tumbaron el Decreto de Emergencia Económica, una decisión definitiva con la que la Asamblea Nacional se distancia del Gobierno y del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que avaló la legalidad de esta medida excepcional.
PRONUNCIAMIENTO PREVIO DEL TSJ
El TSJ había declarado "constitucional" el Decreto de Emergencia Económica, que dará al mandatario venezolano mayores poderes a la hora de legislar en materia económica, añadiendo que la decisión resulta "proporcional, pertinente, útil y necesaria".
La sentencia añadía que el decreto "atiende de forma prioritaria aspectos de seguridad económica, que encuentran razón, además, en el contexto económico latinoamericano y global actual". Asimismo, lo consideraba "pertinente, útil y necesario" para el ejercicio y desarrollo integral del derecho constitucional a la protección social por parte del Estado.