El TUE dictamina que Polonia viola la independencia judicial al adelantar la jubilación de jueces

Protesta contra el Gobierno polaco en Varsovia
Protesta contra el Gobierno polaco en VarsoviaREUTERS / KACPER PEMPEL - Archivo
Actualizado: lunes, 24 junio 2019 17:23

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este jueves que la polémica reforma impulsada por el Gobierno ultraconservador de Polonia que adelanta la jubilación de los jueces del Tribunal Supremo viola los principios de inamovilidad del juez y de independencia judicial.

El caso se refiere a la reforma del sistema judicial impulsada por Varsovia hace más de un año y que, entre otras medidas, reduce la edad de jubilación de los magistrados del Alto Tribunal de 70 a 65 años, una jubilación forzosa que se aplica de manera retroactiva a los jueces.

La decisión de avanzar la edad de jubilación de los magistrados fue llevada por la Comisión Europea ante el TUE el pasado julio y solicitó que la Justicia europea lo examinara por procedimiento urgente y que aplicara medidas cautelares para suspender su aplicación hasta que hubiera sentencia, algo que el TUE aceptó en diciembre.

En concreto, la sentencia publicada este lunes declara que reducir la edad de jubilación de los jueces que componen el Supremo polaco "no está justificada por un objetivo legítimo y viola el principio de inamovilidad del juez, inherente a su independencia".

La Justicia europea argumenta que todos los Estados miembros tienen la obligación de garantizar que sus órganos jurisdiccionales que formen parte de sus sistema de vías de recurso cumplan con las exigencias de la tutela judicial efectiva y, para asegurar dicha tutela, "resulta primordial preservar su independencia".

A esto, el fallo añade que la "indispensable" libertad de los jueces frente a cualquier intervención o presión externa exige ciertas garantías, como la inamovilidad, con el objetivo de proteger a los propios magistrados.

El TUE remarca, en particular, que el principio de inamovilidad exige que los jueces puedan permanecer en el ejercicio de sus funciones "en tanto no hayan alcanzado la edad de jubilación forzosa o hasta que termine su mandato cuando éste tenga una duración determinada". Este principio, añade, sólo puede ser objeto de excepciones "cuando existan motivos legítimos e imperiosos que lo justifiquen y siempre que se respete el principio de proporcionalidad".

RECHAZA LA EXPLICACIÓN DEL ESTADO POLACO

El tribunal con sede en Luxemburgo no se cree la justificación de Polonia, que defendió durante la audiencia que la reducción de la edad de jubilación buscaba armonizar la edad de jubilación de los jueces del Supremo con la del conjunto de trabajadores del país.

En concreto, el TUE critica que la reforma confiera al presidente de la República la capacidad discrecional de decidir si prorroga el mandato de los jueces y que ésta afectara a alrededor de un tercio de los miembros del Supremo actual (entre ellos la presidenta), dos factores que "pueden suscitar serias dudas en cuanto a las verdaderas finalidades" de la misma.

Además, sobre la capacidad del presidente de la República para decidir si prorroga o no el mandato de un juez del Supremo, la sentencia remarca que esta facultad "no está sometida a ningún criterio objetivo y verificable", así como que "no debe estar motivada" y no cabe recurso contra dicha decisión.

Esto, a juicio del TUE, va en contra del principio que exige que cualquier tribunal debe ejercer sus funciones con plena autonomía, protegido de injerencias o de presiones externas que puedan hacer peligrar la independencia de sus miembros o que puedan influir en sus decisiones.

BRUSELAS CELEBRA EL FALLO

La Comisión Europea ha celebrado en un comunicado que se trata de una sentencia "importante" en apoyo del sistema judicial polaco y del resto de la Unión Europea. También ha destacado que el fallo aclara los principios de inamovilidad del juez y de independencia judicial, elementos "esenciales" para la protección judicial en el bloque comunitario.

Bruselas ha apuntado que el fallo confirma que todos los Estados miembros están obligados a cumplir con las obligaciones que marca la legislación comunitaria a pesar de que la organización de la Justicia sea una competencia nacional. "Todo tribunal nacional es también un tribunal europeo cuando aplica la legislación de la UE", ha recordado.

El Ejecutivo europeo analizará "detenidamente" la sentencia y ha subrayado que está "preparada" tanto para ayudar al Gobierno polaco a cumplir con el fallo como para resolver las "cuestiones pendientes" sobre el Estado de derecho que todavía enfrentan a Bruselas y a Varsovia.

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