BRUSELAS, 21 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha fallado este martes que las reglas europeas diseñadas para sortear las sanciones de Estados Unidos contra Irán, tras salirse del acuerdo nuclear en 2018, pueden invocarse en el caso de una demanda civil en los tribunales europeos.
Así se ha expresado el tribunal europeo a raíz del caso del banco iraní Melli que denunció a la teleoperadora alemana Telekom por poner fin a todos los contratos ante alegando el cumplimiento de las sanciones estadounidenses.
Para desactivar el carácter extraterritorialidad de las sanciones estadounidenses, que castigan a toda empresa que mantenga relación con Irán, la UE cuenta con un reglamento que fija un proceso para acogerse a excepciones y en la práctica mantener la actividad, a la vez que cumple con las sanciones.
Es por eso que el tribunal con sede en Luxemburgo, ha reconocido que la prohibición de cumplir con las sanciones secundarias "está formulada en términos claros, precisos e incondicionales, de modo que puede ser
invocada en un proceso civil", como el que concierne a Telekom.
El TUE señala que es responsabilidad de los tribunales europeos dilucidar la cuestión, "habida cuenta de la amenaza de consecuencias jurídicas que hace recaer sobre las personas a las que se aplican" y de que no ve "idóneo" que la adopción de las sanciones supeditada a una autoridad administrativa o judicial extranjera.
Asimismo, la sentencia recuerda que el reglamento europeo para sortear las sanciones norteamericanas no se oponen a la anulación de una terminación contractual, "siempre que dicha terminación no produzca efectos desproporcionados, en particular económicos, para la persona concernida".
Por lo tanto, los jueces europeos instan al tribunal alemán a ponderar el logro de los objetivos de la norma europea y la probabilidad de que Telekom quede expuesta a pérdidas económicas, así como la magnitud de estas, en caso de que no ponga fin a sus relaciones comerciales con la entidad iraní.