UE.- La UE endurece las condiciones para la importación de loros y papagayos

Actualizado: jueves, 11 enero 2007 18:26

BRUSELAS 11 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Unión Europea adoptó hoy un nuevo reglamento endureciendo las condiciones para la importación de pájaros cautivos, como loros y papagayos, con la intención de proteger la salud animal en territorio europeo, siguiendo así las recomendaciones hechas en octubre de 2006 por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

La decisión se tomó por unanimidad en el seno del Comité de la cadena alimentaria y salud animal, que reune a expertos de los Veintisiete Estados miembros, según informa la Comisión Europea en un comunicado. La reglamentación mejora también el bienestar de los animales importados.

Con arreglo a esta normativa sólo determinadas regiones o países que ya han recibido el visto bueno para exportar pollos vivos podrán vender también pájaros en cautividad a los mercados europeos. Se trata de aquéllos que han demostrado niveles altos en los estándares internacionales sobre salud animal, en concreto Australia, algunas regiones de Brasil, Canadá, Chile, Croacia, Israel, Nueva Zelanda y Estados Unidos.

Algunos países terceros, geográficamente próximos a la UE, como Andorra, Lichtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Suiza y ciudad del Vaticano, aplican ya los mismos criterios que la Unión y, por tanto, no se les aplicará la nueva normativa.

Las severas condiciones tienen que reunirse tanto antes como después de la importación y los Estados miembros pueden estar obligados a proporcionar más información sobre las mismas.

En concreto, y dado el alto riesgo de infección, sólo los pájaros que han sido alimentados en cautividad y en establecimientos autorizados podrán entrar en la UE.

Asimismo, los controles de exportación deberán probar la ausencia de gripe aviar en el animal, y que no han sido vacunados contra esta enfermedad. Y todos los pájaros importados tienen que estar individualmente identificados a través de una anilla en la pata o un microchip.

Para garantizar que se encuentran sanos, se exigirá demostrar que han pasado una cuarentena mínima de 30 días en un centro autorizado, que se levantará después de la correspondiente inspección veterinaria. Se aplicarán también controles más duros en las fronteras respecto a los movimientos de los animales. Además, las aves silvestres no se podrán importar.

En todo caso, las nuevas reglas no se aplicarán a algunas especies, como los pollos destinados a la comercialización, o las mascotas que viajan con sus dueños, dado que estas categorías están cubiertas por otra legislación comunitaria.

Las normas para regular la importación de pájaros, a excepción de los pollos, figura ya en una Decisión de la UE de 2000, pero en el año 2005, en el marco de las medidas preventivas para hacer frente a la gripe aviar, la Comisión Europea, prohibió las importaciones de pájaros cautivos procedentes de terceros países.

En octubre de 2006, la EFSA asoció los riesgos potenciales para la salud animal con la importación de aves y propuso distintas medidas para reducir esta amenaza. El Reglamento acordado hoy por los Estados miembros tiene en cuenta esta opinión y la experiencia proporcionada por los brotes de la enfermedad.

Una vez aprobada formalmente por la Comisión Europea entrará en vigor tres días después de publicada en el Diario Oficial de la UE, que tendrá lugar en las próximas semanas, y comenzará a aplicarse el 1 de julio de 2007.