Juicio de la pieza separada del Caso Arona
EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 8 abril 2017 11:55

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 8 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha decidido absolver al exalcalde de Arona, José Alberto González Reverón, por los delitos de prevaricación, tráfico de influencias y coacciones, por los que la Fiscalía pedía una pena de dos años de prisión y catorce de inhabilitación.

En una sentencia emitida ayer, los magistrados desglosan los seis hechos ocurridos en 2008 que componen la tercera pieza del llamado 'Caso Arona', la única que faltaba por dictaminar, y determinan que el hecho de que el exalcalde intentara beneficiar a diversos vecinos no llega a superar el umbral del derecho penal, según informan varios rotativos.

En el banquillo de los acusados por esta causa también estuvo Hortensia García, subinspectora de la Policía Local en el momento que ocurrieron los hechos y que fue acusada por un delito de prevaricación por supuestamente favorecer, influenciada por González Reverón, a un policía local en una oposición para que obtuviera plaza. No obstante, la Sala también la absuelve al no ver acreditado este comportamiento.

La Fiscalía, según recoge la sentencia, tenía como principal prueba las llamadas telefónicas que fueron intervenidas durante la investigación de la pieza principal, el 'Caso Arona', pero añaden que de ellas y de los testimonios no queda demostrado ninguno de los delitos.

VIVIENDA

José Alberto González Reverón es el que protagoniza los otros cinco hechos que forman esta pieza separada y de los que ha sido absuelto. Uno de ellos tiene que ver con la vivienda que quería legalizar su compañero de partido y de gobierno Manuel Reverón. Si bien el exregidor llegó a llamar, al menos, en tres ocasiones a la entonces consejera insular de Política Territorial para hablarle de la situación, los magistrados entienden que esta conducta no encaja en el tipo penal.

González Reverón también estaba acusado de un delito de tráfico de influencias por llamar al entonces director general de la Cámara de Comercio, Vicente Dorta, para que eligiera a un vecino con el que tenía una relación personal para que obtuviera una plaza en una oficina de la Cámara situada en el municipio. Si bien queda absuelto por este delito, el tribunal considera "evidente" que influyó "de manera decisiva" en la contratación de esta persona.

El antiguo mandatario fue acusado, además, de tratar de influir en las responsables de la guardería municipal para que admitieran a la niña de un amigo de su hijo, pero los magistrados concluyen que lo único que hubo fue lo que comúnmente se conoce como una recomendación.

Por otro lado, González Reverón llegó a proponer a las empresas concesionarias del servicio de limpieza municipal y recogida de basuras la contratación de al menos seis vecinos del municipio que, según defendió el exalcalde durante el juicio, estaban en riesgo de exclusión o bajo el umbral de la pobreza.

La Sección Sexta afirma que quedó probado que lograba que se empleara a la gente que recomendaba y que ello era debido a su posición como alcalde, pero una vez más señala que no hay delito porque el representante de la adjudicataria no era un funcionario público.

En relación a la llamada de González Reverón a un policía local que puso hasta veintidós multas a un vecino por aparcar mal, aún aceptando que esa llamada fuera un acto de influencia sobre un funcionario subordinado, los magistrados concluyen que no reúne los requisitos para considerarse relevante penalmente.

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