LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 7 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Autoridad Portuaria de Las Palmas (APLP) ha garantizado el "absoluto rigor" de sus sistemas de control de descarga de pesca a través del punto de inspección fronteriza del Gobierno de España, incidiendo en que "cumple exhaustivamente" con la normativa en este sentido en relación a las denuncias presentadas por Greenpeace sobre cuatro pesqueros que la ONG aseguraba que realizaban pesca ilegal en Guinea Bissau y tenían sede en el Puerto de La Luz.
Así, sobre la denuncia emitida por Greenpeace sobre las descargas de pesca ilegal en sus instalaciones, desde la Autoridad Portuaria de Las Palmas afirman que "cada cierto tiempo se produce alguna comunicación de estas características y, tanto en esta ocasión como en las anteriores, se invita a que conozcan los procedimientos de control que cumplen exhaustivamente" con la normativa europea.
Sobre los pesqueros que cita la ONG, los barcos 'Flipper 4' y 'Saly Reefer', ambos solicitaron escala en el Puerto de Las Palmas pero "no realizaron operaciones de descarga, sólo de avituallamiento y aprovisionamiento"; mientras que los pesqueros 'Yi Feng 8' y 'Chang Yuan Yu 5' "no consta que hayan solicitado escala en el Puerto", según apunta la Autoridad Portuaria en un comunicado.
Asimismo, expone que según el protocolo establecido, la APLP autoriza la escala de estos buques pesqueros cuando dispone del informe favorable de acceso al puerto emitido por la Secretaría General de Pesca tras realizar las comprobaciones pertinentes.
De todos modos, añade, como complemento a lo anterior, la Autoridad Portuaria en coordinación con el Área de Pesca aprobó en marzo de 2016 un procedimiento para el 'control de acceso al Puerto de Las Palmas de buques de terceros países con productos de la pesca', que afecta tanto a los buques pesqueros de terceros países, como a los cargueros congeladores cuyos productos son transbordados en alta mar.
En cuanto a los cargueros congeladores, la APLP comprueba mediante su Servicio de Policía Portuaria la existencia de la autorización de descarga; graba mediante su sistema de cámaras de las maniobras de atraque/desatraque, así como de la totalidad de la descarga de las mercancías; controla la operativa de descarga cumplimentado un formulario diseñado para ello y que refleja los datos del buque y de la operativa, así como los servicios de inspección intervinientes; y recopilará las autorizaciones dadas por la APLP sobre el atraque y la operativa del buque y lo remite al Área de Pesca para crear un expediente para cada buque.
Por ello, y según este procedimiento, el Área de Pesca, además de las autorizaciones de pesca exigidas por la legislación vigente, comunica al Centro de Control de Servicios Portuarios de la APLP la llegada del buque objeto de la inspección, con una antelación mínima de 24 horas, así como si el buque está autorizado para la operativa de descarga, a requerimiento de la APLP. Finalmente, recopilará y custodiará la documentación aportada por la APLP y por los agentes consignatarios y se elabora un expediente para cada buque a efectos de la inspección de la UE.