LOGROÑO, 8 Sep. (EUROPA PRESS) -
Agentes del Sector de Tráfico de la Guardia Civil en La Rioja, han investigado a un varón de 56 años, español y vecino de Tarrasa (Barcelona), como presunto autor de un delito Contra la Seguridad Vial, por conducir un vehículo articulado de mercancías peligrosas, con una tasa de 0,72 miligramos de alcohol por litro de aire espirado', que multiplicaba casi cinco veces la tasa máxima permitida para los conductores profesionales. Esta persona posee historial delictivo por delitos contra la Seguridad Vial.
Los hechos se inician sobre las 08,30 del 2 de septiembre, cuando el propio investigado alerta mediante una llamada telefónica al Centro Operativo de Tráfico de la Guardia Civil en La Rioja, informando de que se encuentra en el área de descanso sita en el kilómetro 81 de la AP-68, dirección Bilbao, a bordo de su camión y borracho tras haber consumido mucho alcohol, y que si no se persona una patrulla de la Guardia Civil continuara el viaje pudiendo llegar a causar un accidente.
De manera inmediata motoristas del Sector de Tráfico y del Equipo de Atestados acuden al lugar, localizando el camión y a su conductor en el interior con síntomas evidentes de encontrarse bajo los efectos del alcohol.
Cuando los agentes preguntan al conductor que le ocurre, éste manifiesta que ha bebido mucho alcohol y que tiene que ser detenido, y en caso de no conseguirlo les golpeara o bien se lanzara a la vía para que lo atropellen.
Una vez tranquilizado y preguntado por su forma de actuar, manifiesta a los agentes que había decidido emborracharse mientras conducía el camión para conseguir su detención, el despido de la empresa, cobrar el paro y jubilarse.
Tras practicarle las pertinentes pruebas de alcoholemia reglamentarias, estas arrojan un resultado positivo de 0,84 y 0,72 miligramos por litro de alcohol en aire espirado, multiplicando casi por cinco veces la tasa máxima permitida para los conductores profesionales, que es de 0,15 miligramos por litro.
Por todo ello, el Equipo de Atestados procedió a tramitar las correspondientes diligencias penales contra el conductor. Una vez finalizadas fueron puestas a disposición de la autoridad judicial. La empresa propietaria del camión se hizo cargo del mismo.
ARTÍCULO 379 DEL CÓDIGO PENAL
El delito de conducir bajo los efectos de bebidas con tasas superiores a 0,60 miligramos por litro se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado de forma alternativa con penas de prisión de entre tres y seis meses, multa de entre 6 y 12 meses, trabajos en beneficio de la comunidad de entre 31 y 90 días; sin olvidar, en cualquier caso, la prohibición del derecho a conducir ciclomotores y vehículos a motor por tiempo superior a un año e inferior a cuatro años.