LOGROÑO 15 Oct. (EUROPA PRESS) -
El presidente del Gobierno de La Rioja, Pedro Sanz, ha indicado que el proyecto de Ley de medidas Fiscales y Administrativas para 2011 incluye la modificación de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja y de la Ley 6/2004, de 18 de octubre, de Cajas de Ahorro de La Rioja.
La modificación de la Ley de Urbanismo, según ha explicado, tiene como objetivo contribuir a "paliar los efectos de la crisis en el sector inmobiliario, otorgando a los ayuntamientos capacidad para reducir las cesiones de aprovechamiento lucrativo y gratuitas y/o incrementar el límite máximo de edificabilidad".
En concreto, las modificaciones permitirán reducir del 6 al 3 por ciento el aval que deben depositar los promotores para urbanizar suelo, lo que permitirá aliviar cargas a las empresas e inyectar liquidez a los mercados financieros para facilitar el crédito a empresas y familias.
También da a lugar a que los Ayuntamientos de más de 10.000 habitantes puedan reducir del 10 al 8 por ciento las cesiones de aprovechamiento lucrativo que deben realizar los promotores cuando transforman suelo urbanizable, siempre que destinen, al menos, el 40 por ciento de la edificabilidad a la construcción de vivienda protegida.
Sanz ha reseñado que permite que los Ayuntamientos de más de 25.000 habitantes puedan reducir las cesiones gratuitas de suelo que deben reservar en los planes parciales para viarios, espacios libres públicos, zonas verdes y dotaciones públicas. Además, estos ayuntamientos podrán elevar el límite máximo de edificabilidad hasta 12.000 metros cuadrados de techo, que ahora es de 10.000, cuando el uso dominante sea el de vivienda protegida pública.
También se deja que los pequeños municipios puedan reducir la superficie de zonas verdes públicas que deben habilitar como compensación cuando se altere la edificabilidad en el núcleo urbano.
CAJAS DE AHORRO
En cuanto a la Ley de Cajas de Ahorro, su modificación responde a la necesidad de adaptarla al Real Decreto Ley 11/2010 de los órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas.
Esta modificación supone una limitación a la representación de las entidades públicas, que baja del 50 por ciento al 40 por ciento, con la entrada en la Asamblea General de las entidades representativas de intereses generales.
La introducción de nuevos requisitos de profesionalidad y experiencia para ocupar determinados puestos y la "despolitización de los órganos de control, al suprimir la presencia de cargos electos y de altos cargos en activo e impedir el acceso de altos cargos durante un prolongado periodo con posterioridad a su cese".
Da la posibilidad de que los miembros de los órganos de gobierno puedan recibir retribuciones, lo que resulta acorde con los requisitos de experiencia y profesionalidad que se exigen. Posibilita a los cuotapartícipes designar a sus propios representantes en los órganos de gobierno en proporción a su participación en el capital.