La regulación del Concierto Social permitirá un nuevo sistema de gestión en política social más cercano y especializado

                  Conrado Escobar
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 22 marzo 2017 17:52

   LOGROÑO, 22 Mar. (EUROPA PRESS) -

El consejero de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, Conrado Escobar, ha informado sobre el proceso de modificación de la Ley de Servicios Sociales "necesario" para "incluir y regular" el Concierto Social, "un nuevo sistema de gestión en la política social que permitirá estar más cerca de las personas y de sus necesidades y que hace primar los criterios sociales incluso por encima de los económicos".

   En concreto, el modelo de concierto social se presenta como una fórmula más adecuada para la gestión de los servicios sociales de proximidad dirigidos a los colectivos de la sociedad en situación de desigualdad, más vulnerables y necesitados de protección y supondrá importantes mejoras en los servicios de atención a los usuarios "puesto que garantiza una atención especializada orientada a la persona".

   Conrado Escobar ha comparecido este miércoles en el Parlamento de La Rioja "tal y como nos hemos comprometido" para explicar "este nuevo sistema de gestión basado en las máximas de colaboración con el tercer sector que nos va a permitir introducir elementos claves en la gestión social" que necesita "una cobertura legal" a través de la Ley de Servicios Sociales. Una Ley que "necesita modificaciones" como es el incorporar la modalidad de gestión dentro de la Ley "y cuando se apruebe en trámite parlamentario, se complementará con un Decreto que concretará en detalle esta modalidad de gestión".

   Un Decreto que establecerá los principios generales a los que se han de someter los conciertos sociales para la prestación de determinados servicios de la cartera del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales y que concretará los aspectos relativos a los efectos del concierto social, sus requisitos exigibles para acceder a dicho régimen,duración, modificación, renovación y extinción de los conciertos, obligaciones de las entidades de iniciativa privada y de la Administración otorgante del concierto social, aspectos relativos a la formalización así como otras cuestiones propias de la ejecución del concierto.

   El consejero del ramo ha señalado que es "muy necesario" introducir este nuevo sistema porque la prestación de los servicios sociales tiene peculiaridades "a las que no siempre se adapta el régimen general de contratación de las administraciones públicas".

CERCANÍA, INNOVACIÓN Y PERSONAS

   Por ello este nuevo sistema de gestión ahonda en los capítulos de la cercanía con las personas, en sus necesidades, en la innovación permanente de la prestación de servicios y sustentadas en el arraigo por el que "cada persona que necesite este tipo de servicio social esté más vinculada en el entorno en el que se va a prestar el servicio".

   Todo para "apoyar su inclusión, su autonomía, su calidad de vida" y muy vinculada "con los diferentes espacios sociales y comunitarios en los que ésta se desarrolla". Además "se dará mayor estabilidad en la prestación del servicio puesto que los conciertos se establecerán sobre una base plurianual que se podrá ir revisando y modificando si fuera necesario".

   En este sentido, ha detallado, "nos dirigimos, sobre todo, al área de menores, al de mujeres que hayan podido ser víctimas de maltrato y aquellos afectados por dependencia o discapacidad".

   Este nuevo sistema de gestión, ha destacado, "tiene como ventaja la permanencia en la prestación de servicios de la mano de entidades del tercer sector" y en donde priman los criterios sociales "incluso por encima de los económicos" y hace protagonistas en la prestación del servicio "no solo a las entidades sino al propio beneficiario".

MODALIDAD QUE PROVIENE DEL TERCER SECTOR

   Esta modalidad de gestión social proviene del tercer sector y responde "a una demanda muy reclamada desde las organizaciones de la discapacidad o la vulnerabilidad social". Organizaciones que "ven con satisfacción que avance esta manera de gestionar", ha señalado.

   Además, ha recordado, "lo hacemos ahora porque la normativa europea abre la posibilidad de que estos sistemas se vayan instalando en las comunidades autónomas y nosotros queremos innovar y no quedarnos atrás".

PROCESO DE MODIFICACIÓN

   En concreto, el proceso de modificación de la Ley 7/2009, de 22 de diciembre, de Servicios Sociales de La Rioja tiene como fin incluir y regular el Concierto Social "como fórmula de gestión para la prestación de servicios en el Sistema Público Riojano de Servicios Sociales".

   Así, esta nueva fórmula implicará, necesariamente, esta modificación ya que se añade a los tradicionales modos de gestión directa e indirecta establecidos en el marco de la legislación de contratos, el concierto social y los convenios de colaboración con entidades sin ánimo de lucro.

El sistema de concierto social se aplicará, por tanto, a la prestación de servicios sociales especializados de responsabilidad pública cuya financiación, acceso y control sean públicos, a través de entidades de iniciativa privada que cumplan una serie de condiciones establecidas previamente.

   Un sistema que dará prioridad cuando existan análogas condiciones de eficacia, calidad y rentabilidad social a las entidades de iniciativa social y sin ánimo de lucro.

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