El abogado Garzón pide la suspensión del acto de conciliación entre Ossorio y Moñux

Enrique Ossorio
PP
Publicado: lunes, 9 enero 2017 15:55

Asegura que "jamás" aceptarán que exista un delito de calumnias en alusión a su denuncia de acoso laboral

MADRID, 9 Ene. (EUROPA PRESS) -

El abogado de la diputada regional Elena González-Moñuz, José María Garzón, ha solicitado al Juzgado de Primera Instancia número 41 de Madrid la suspensión del acto de conciliación previsto para el próximo miércoles entre ella y el portavoz del PP en la Asamblea de Madrid, Enrique Ossorio.

La citación se produce como paso previo a la interposición de una denuncia por parte de Ossorio contra Moñux por "injurias y calumnias" en relación al caso de acoso laboral del que le acusa la parlamentaria popular.

En declaraciones a Europa Press, el abogado ha explicado que el delito que se denuncia --injurias y calumnias por el caso de acoso denunciado-- no está resuelto --se está investigando en el TSJM-- no se puede impugnar.

En el escrito, al que tuvo acceso Europa Press, el letrado razona su solicitud en que "ya interpuso denuncia en fecha de 18 de noviembre de 2016 referente a los mismos hechos y contra Enrique Ossorio, bajo el conocimiento de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid".

Agrega que el TSJM ya admitió a trámite la citada denuncia, con número de autos Diligencias Previas 113/2016. Por ello, entiende que existe una prejudicialidad penal. De hecho, Moñux ratificó la misma ante el tribunal.

Y explica que "este fenómeno se produce cuando para la decisión de fondo sobre un asunto concreto (objeto principal), atribuido legalmente al conocimiento de un determinado órgano jurisdiccional, es necesaria la decisión también de fondo sobre otro asunto de distinta naturaleza integrado en aquél (objeto accesorio), solicitamos la suspensión del presente procedimiento".

Pide al juez que al amparo del artículo 4.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal proceda a la suspensión del procedimiento por prejudicialidad penal, manifestando su voluntad de cumplir con los requisitos exigidos por la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En cualquier caso, el letrado ha destacado que "jamás" aceptarán que exista un delito de calumnias, dado que ello implicaría que su denuncia de acoso laboral es falsa. Un extremo que no es así, según ha manifestado.