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Archivo - Noelia Posse, alcaldesa de Móstoles - AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES - Archivo
Actualizado: jueves, 16 marzo 2023 11:25


El juez tiene que dictar el auto que concluye la investigación, que puede ser recurrido, y dar traslado a las partes para conclusiones provisionales

MÓSTOLES, 15 Mar. (EUROPA PRESS) -

La posible apertura de juicio oral por el caso ITV en el que sentará, si así lo determina el juez, en el banquillo de los acusados a la alcaldesa de Móstoles y candidata del PSOE, Noelia Posse, y a siete de sus ediles por el caso ITV se alargaría más allá de las elecciones y al menos seis meses por los plazos procesales del procedimiento penal.

La Audiencia Provincial de Madrid ordenó en un auto dictado el pasado 10 de febrero al juez de Instrucción número 1 de Móstoles que acuerde la transformación de la causa en procedimiento abreviado, lo que supondría concluir la investigación al considerar que no se puede descartar la existencia de indicios de un delito de prevaricación administrativa.

El procedimiento tiene su origen en la querella presentada contra la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Móstoles, el tesorero municipal y la mercantil IRV Móstoles por la presunta comisión de un delito de prevaricación y otro de malversación de caudales públicos.

La querella la presentó Más Madrid Ganar Móstoles, al entender que se habían condonados tributos de cerca de dos millones de euros a una empresa concesionaria de una ITV en la localidad.

En marzo de 2022, el juez instructor archivó el caso al constatar "que en ningún momento ha existido voluntad por parte de la Junta de Gobierno Local de causar un perjuicio para las arcas públicas", un extremo al que se opuso la acusación particular y el fiscal.

Los concejales del grupo municipal Ganar Móstoles interpusieron un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, al que se adhirió el Ministerio Fiscal.

Los magistrados acuerdan ahora que se revoque el auto dictado en marzo de 2022 por el Juzgado de Instrucción número 1 de Móstoles y ordenan al Juzgado Instructor que acuerde la transformación de la causa en procedimiento abreviado. "No puede descartarse en lo actuado la presencia indiciaria de hechos que podrían ser calificados interinamente como de delito de prevaricación administrativa", concluyen.

Tras conocer el fallo, la regidora de Móstoles afirmó ayer que en caso de producirse la apertura de juicio oral por el llamado 'caso ITV' no será la candidata socialista a la Alcaldía y actuará "disciplinadamente como corresponde y como es exigible a los militantes del PSOE".

Sin embargo, los plazos procesales irán más allá de las elecciones del próximo 28 de mayo y el auto de apertura de juicio oral no se dictará en al menos seis meses.

Primero, el juez instructor tendrá que decretar el auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, un auto que puede ser recurrido por las partes tanto en reforma como en apelación.

Tras ello, se entrenaría en la fase intermedia del procedimiento y se daría traslado a las partes para que formulen sus respectivos escritos de acusación o defensa (conclusiones provisionales) en el que se deben pronunciar sobre la apertura de juicio oral o sobreseimiento de la causa. Las postura de la acusación particular y el fiscal será previsiblemente formular acusación y calificar los hechos y la pena a imponer.

Una vez que el juez tenga escritos, el juez dictará, si entiende que los hechos deben ser juzgados, el auto de apertura de juicio oral y se trasladará el expediente al órgano jurisdiccional competente para ello, el cual se corresponderá, por razón de la materia, al Juzgado de lo Penal, a la Audiencia Provincial o al Tribunal del Jurado.

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