MADRID 26 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de Instrucción número 8 de Madrid ha acordado el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa contra la organización provida Hazte Oír por presunto delito de desobediencia a la autoridad a raíz del desarrollo de una campaña publicitaria contra la presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, días antes de las elecciones de 2015 y que la Junta Electoral mandó retirar.
En un auto fechado el 23 de junio, al que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado decreta en un auto el archivo de las diligencias, en consonancia con lo manifestado por el Ministerio Fiscal. Contra la resolución cabe interponer recurso de apelación.
Los hechos se refiere a la denuncia interpuesta contra Hazte Oír al considera que incumplió los acuerdos de la Junta Electoral de los días 7, 8, 11 y 15 de mayo en relación a la campaña promovida contra Cifuentes y que consistía en el lema 'Si votas a Cifuentes, votas aborto' que desplegó por medio de un bus que recorría la región, mediante vallas publicitarias y a través de una web.
La Junta Electoral Provincial y Central obligó a retirar de forma inmediata publicidad de este tipo en vallas situadas en el distrito de Vallecas, así como de un autobús, por tratarse de un acto electoral prohibido por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), dado que coincidía con el periodo de campaña electoral de las elecciones autonómicas de 2015.
Luego, el Tribunal Supremo ha avalado la campaña publicitaria que hizo la asociación al entender que se trata de una manifestación del ejercicio de derechos fundamentales como la libertad de expresión y la participación política.
En el auto, se expone que la asociación informó a Delegación de Gobierno que se habían puesto en contacto con su proveedor de servicios web para retirar los contenidos de la campaña y que el bus estaba bloqueado en un aparcamiento.
Luego, el Inspector Jefe de la Brigada Provincial de Información comunicó que tras el 19 de mayo no se detectó acto alguno en relación con la campaña emprendida por Hazte Oír "ni en web, ni en pancartas ni en pegatinas".
"A la vista de lo anteriormente expuesto no ha quedado suficientemente probado que la asociación investigada tuviera interés deliberado de no atender a los requerimientos de la Junta Electoral Provincial, por lo que al no cumplirse los requisitos de delito de desobediencia procede a acordar el sobreseimiento provisional y archivo de las presentes diligencias", zanja el auto.
"La Justicia vuelve a dar la razón a HazteOir.org frente a la censura de la Junta Electoral. Este ha sido uno de los mayores ataques a la libertad de expresión en España contra un modesto grupo de ciudadanos que queríamos expresar nuestra opinión", ha expresado el presidente de HazteOir.org, Ignacio Arsuaga, tras conocer el fallo.
"Cristina Cifuentes no quiso que los ciudadanos reflexionáramos sobre los valores que defiende y para ello consiguió que la Junta Electoral nos prohibiera la campaña '#YoRompoconCifuentes. Si votas Cifuentes, votas aborto'", ha detallado en un comunicado.