Audiencia de Madrid rechaza impugnación a uno de los jueces que revisa condena de Maestre

Rita Maestre
AYUNTAMIENTO DE MADRID
Actualizado: miércoles, 2 noviembre 2016 13:39

MADRID 2 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado la recusación planteada por el Centro de Estudios Tomás Moro contra uno de los jueces que componen el tribunal de esta sede judicial que revisará la sentencia que condena a la edil por el asalto de la capilla de la Universidad Complutense de Madrid.

Esta acusación particular intentó apartar del tribunal al magistrado David Cubero Flores, designado para abordar el recurso que presentó la edil. La impugnación se dirigía contra la sentencia que le condenó a abonar una multa de 4.320 por los hechos que tuvieron lugar en marzo de 2011.

La Sección 17 de la Audiencia Provincial no ve acreditado los motivos que argumenta la acusación para la recusación del magistrado, al entender que no tiene una relación o interés personal a la hora de enjuiciar este asunto.

RECUSACIÓN

El Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro había planteado un escrito de recusación argumentando que podría haber dudas de imparcialidad pues el Ayuntamiento de Madrid benefició a la Fundación Abracadabra Magos Solidarios mediante la cesión gratuita de locales para la celebración de la VIII Semana de Magia Solidaria y que el secretario de dicha esntidad es el magistrado.

El propio juez presentó a su vez un escrito en el que negaba que no fuera imparcial por dicho motivo pues en la etapa del PP en el Consistorio también se le cedió espacios.

Los magistrados se pronuncian sobre el hecho de que el recusado tiene la condición de Secretario y Patrono de la Fundación Abracadabra, con la que colaboró el Ayuntamiento de Madrid con un evento mediante la cesión de un espacio público. Ésta fue concretamente la nave Terneras del Matadero de Madrid.

Al respecto, el tribunal afirma que no comparte la postura de la acusación particular en lo relativo a que esta circunstancia afecte a su imparcialidad como juez.

Tras analizar este punto, concluye que "carecería de competencias que guarden relación con la obtención de futuros patrocinios o convenios de colaboración, sobre los que la apelante en la causa principal tuviera alguna facultad decisora".

Y se oponen al segundo hecho de la recusación relacionada con la supuesta amistad entre un catedrático del Área de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III, Jefe de Departamento donde es profesor asociado el magistrado ahora recusado, y la defensa de Maestre.

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