MADRID, 22 Nov. (EUROPA PRESS) -
Blablacar presentó en la tarde de ayer una denuncia a España ante la Comisión Europea por las sanciones administrativas decretadas por la Comunidad de Madrid contra la plataforma y dos de sus usuarios.
Así lo ha anunciado este martes en rueda de prensa el director general de Blablacar en España y Portugal, Jaime Rodríguez, que ha declarado que "las sanciones carecen de motivación y están basadas en la exigencia de licencias de los servicios de Blablacar que son contrarias al derecho europeo".
La denuncia fue presentada ante la Secretaría General de la Comisión Europea y en ella se indica que "las sanciones impulsadas por el Gobierno regional contra la plataforma y dos de sus usuarios son contrarias al derecho de la Unión Europea", en concreto a la Directiva sobre servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, así como a las libertades de establecimiento y de prestación de servicios protegidas por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
En total la Comunidad interpuso tres sanciones contra la compañía que ascienden a un total de 8.800 euros y otras dos contra dos de sus usuarios de 4.001 euros cada una, por "realizar un servicio de transporte público sin autorización administrativa" y "percibir ingresos superiores a los costes derivados de sus viajes".
"Las sanciones impuestas por la Comunidad se basan en la exigencia de unas licencias que ni Blablacar ni sus usuarios necesitan en ninguna parte de Europa", ha indicado Rodríguez, a la vez que ha insistido en que "es un claro obstáculo a la libre prestación de sus servicios".
En esta línea, el director general de Blablacar ha indicado que aunque la Comunidad exija esas licencias, "no las podría obtener", ya que "la compañía no almacena las matrículas de sus usuarios".
Además, Rodríguez ha apostillado que "la Comunidad no ha aportado ni explicación ni cálculo que sostenga esa afirmación y tampoco existe en España un umbral legal que marque la diferencia entre la compartición de gastos y la obtención de un beneficio económico",
"Altos cargos de la administración madrileña han declarado que el servicio de Blablacar no es legal", ha subrayado Rodríguez, al tiempo que ha denunciado que "estas declaraciones públicas producen un grave daño reputacional a la compañía al sembrar dudas sobre la legalidad de su actividad", lo que "no ha hecho ninguna administración durante los siete años que la compañía lleva operando".
Las sanciones, según ha expuesto Rodríguez, "están en proceso de recurso en España en vía administrativa y en las posteriores instancias judiciales", por lo que "todavía no son firmes".
"EL NÚMERO DE USUARIOS NO HA DISMINUIDO"
El director ha explicado que tras estas sanciones, "el número de usuarios de la compañía no ha disminuido, no ha habido paros", sin embargo, "ha aumentado el número de dudas", pero "confiamos en nuestros usuarios".
"Vamos a agotar las vías judiciales existentes para garantizar que Blablacar es legal", ha indicado Rodríguez, quien también ha apuntado que aunque en los últimos meses han surgido muchas cosas, "no cambiarán la naturaleza de lo que hacen". "Compartir coche es igual de legal hoy que lo ha sido siempre y es un derecho que vamos a defender hasta el final", ha asegurado.
Por último, Rodríguez ha añadido que "las prácticas administrativas efectuadas por la Comunidad vuelven a situar a España en una excepción incomprensible en Europa", ya que "obstaculiza una actividad que tiene más de 400.000 usuarios sólo en la propia Comunidad de Madrid".
POSICIÓN DE LA COMUNIDAD
El Gobierno regional interpuso sanciones a la empresa Comuto Iberia, filial española de BlaBlaCar, y a dos de sus conductores por facturar en nombre propio servicios de transporte de pasajeros y otra por realizar este servicio sin título habilitante para ello, según anunció el pasado mes de octubre el director general de Transportes de la Comunidad, Pablo Rodríguez Sardineros.
Por ello, Transportes procedió a imponer dos sanciones de carácter muy grave y otras de carácter grave por vulneración de los artículos 140.2 y 141.7 de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOTT).
Los expedientes sancionadores se abrieron tras la labor de inspección por viajes realizados en 2016 que detectó que el importe cobrado excede lo que se considera como compartir gastos de trayectos entre diferentes viajeros.