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Actualizado: viernes, 3 febrero 2017 17:34


MADRID, 3 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Comunidad de Madrid ha asegurado que la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid no recoge ninguna disposición que haga pensar que se actuó de forma incorrecta al decretar dos sanciones a BlaBlaCar y agrega que seguirá actuando "de la misma manera" de cara a sancionar que desde estas plataformas se realice funciones de servicio de transportes o actividad "con ánimo de lucro".

Así lo ha detallado a Europa Press el director general de Transportes de la Comunidad de Madrid, Pablo Rodríguez Sardinero, tras conocer este fallo judicial que descarta que BlaBlacar preste un servicio de transporte profesional sin tener las autorizaciones para ello.

Rodríguez Sardinero ha señalado que tras estudiar la sentencia, que argumenta que la plataforma "no organiza la actividad del transporte", también se dan situaciones de "excepcionalidad" y que es ahí donde actúa la Comunidad cuando se detectan hechos "fraudulentos" con la normativa.

En este sentido, el director general detalla que se han abierto 15 expedientes sobre actividades relacionadas con BlaBlaCar y que en únicamente dos, se han decretado sanciones contra la empresa y los conductores por entender que se realizaba una actividad de transporte contraria a la normativa vigente.

Sardinero recalca que si hubiera una actuación de forma generalizada contra la actividad de BlaBlaCar, se habría decretado 15 sanciones y no dos, pues se entendía que en estos dos casos se ha actuado fuera de la regulación.

Así, ha enfatizado que la Comunidad de Madrid "no entra en dónde debe regularse" la actividad de BlaBlaCar pero sí cuando se "incumple la ley", como entiende la Consejería de Transportes en relación a estos dos expedientes.

El director general de la Comunidad de Madrid ha especificado que en la sentencia, en relación a estas plataformas, se debe analizar situaciones excepcionales "caso por caso" y atendiendo a situaciones fácticas y jurídicas "relevantes", algo que aporta "más contundencia" a la actuación de la Consejería.

En este marco, la Comunidad no entra a valorar si la actividad es legal o ilegal y que se ciñe a lo que los servicios de inspección sobre los casos recogen. En este punto y aunque hay un proceso administrativo abierto, las sanciones siguen vigentes y la Comunidad va a actuar "de la misma manera".

De hecho, Rodríguez Sardierno expone que la Comunidad va a controlar "estrictamente" que estas plataformas no hagan servicios de transportes o realizar viajes compartidos "con resultado de lucro" en cuanto al gasto.

No obstante, el director general expone que "no puede poner puertas al campo" y que siempre ha existido viajes con coste compartido sin que ello suponga infringir la normativa.

La Comunidad de Madrid decretó dos sanciones contra BlaBlaCar y dos de sus conductores por dos infracciones de carácter 'muy grave' y 'grave', por vulnerar los artículos 140.2 y 141.7 de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOTT).

A su vez, BlaBlaCar anunció que denunciaba ante la Comisión Europea a las autoridades regionales, en respuesta a los expedientes sancionadores que interpuso la Comunidad.

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