MADRID, 8 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Comunidad de Madrid ultima un decreto por el que creará un registro de agentes inmobiliarios de la región con el objetivo de proteger los derechos de los consumidores que contratan servicios de mediación.
Tal y como se recoge en el borrador del decreto al que ha tenido acceso Europa Press, el documento responde a la necesidad de propiciar la prestación de servicios de mediación inmobiliaria de calidad ya que la ausencia de regulación específica ha dado lugar a la aparición de agentes que han operado sin la capacitación técnica deseable y sin los medios económicos para responder.
Se trata de un registro voluntario y gratuito que tiene como objetivo aumentar la protección de los consumidores y usuarios y favorecer la transparencia en el sector de la intermediación profesional en materia de vivienda. Estará accesible en la web institucional de la Comunidad.
Para poder inscribirse en el registro por un lado se debe o tener una titulación universitaria de la rama, más de 20 horas lectivas en materia inmobiliaria o poseer experiencia en la prestación de los servicios que constituyen. En el caso de que el agente inmobiliario sea persona jurídica los requisitos se exigirán a los responsables o representantes.
NECESARIA GARANTÍA
Además, para inscribirse tendrán que tener constituida una garantía con el fin de responder de las cantidades económicas que reciban por su actividad hasta que sen puestas a disposición de sus destinatarios. El importe mínimo será de 60.000 euros si es establecimiento abierto al público y tendrá un año de cobertura.
Los agentes inmobiliarios facilitarán a quien lo solicite los datos identificadores de la garantía y tendrán que disponer de un seguro de responsabilidad civil profesional que garantice los daños y perjuicios que pueden causar durante su ejercicio.
La inscripción permite a su titular acreditar su condición de agente inmobiliario inscrito en el Registro de Agentes Inmobiliarios de la Comunidad de Madrid. Quienes estén en él tendrán derecho en el ejercicio de su actividad a la utilización del nombre o distintivo 'Agente Inmobiliario inscrito en el Registro de la Comunidad de Madrid'.
La inscripción en el registro no implica responsabilidad de la Comunidad de Madrid en relación con la actuación de los agentes en el desarrollo de su actividad, quienes estarán sujetos a la responsabilidad penal o civil a que en su caso hubiere lugar.