Se amplían los derechos y deberes de los usuarios turísticos y de las empresas del sector
MADRID, 29 May. (EUROPA PRESS) -
La Comunidad de Madrid pretende llevar a cabo programas de rehabilitación turística para zonas con saturación o degradación medioambiental, según consta en el anteproyecto de Ley de Ordenación del Turismo en la Comunidad publicado en el Portal de Transparencia, que se encuentra en trámite de consulta pública.
Así, según la norma, se pasará de las medidas restrictivas de las existentes áreas turísticas saturadas, que se suprimen, a los nuevos programas de rehabilitación de zonas turísticas como "instrumento adecuado para dinamizar la rehabilitación de aquellas zonas turísticas con saturación o degradación medioambiental".
Por otro lado, aparecen los Planes estratégicos de acción turística como figura que desarrolla, a través de sus determinaciones, las declaraciones de áreas de preferente uso turístico.
La elaboración de los planes estratégicos se encomienda a una Comisión en la que estarán representadas la Administración autonómica, las entidades locales afectadas, organismos, asociaciones, entidades públicas y privadas interesadas, asociaciones de consumidores y usuarios y organizaciones empresariales.
Además, se amplían los derechos y deberes de los usuarios turísticos y los derechos de las empresas y establecimientos turísticos, se incorpora la mención a la libertad de precios de la actividad turística, se da una nueva redacción al acceso y permanencia en los establecimientos de alojamiento turístico y se redefinen conceptos como los grupos de clasificación de las agencias de viajes.
ACTUALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ALOJAMIENTO
Se actualizan las modalidades de los servicios de alojamiento turístico incluyendo a las hosterías (hostels), a las viviendas de uso turístico y a las áreas de acogida de autocaravanas, se incluyen ajustes técnicos en el contenido de la declaración responsable y en del régimen de la disciplina turística y se permite la posibilidad de ampliar la delimitación y el ámbito de aplicación de las empresas de intermediación vía reglamentaria.
Por otro lado, se actualiza la denominación del Registro General de Empresas Turísticas, a la de Registro General de Empresas y Entidades Turísticas, practicando la Administración de oficio la inscripción en el mismo de la actividad o establecimiento, una vez presentada la correspondiente declaración responsable por el interesado.
Según han trasladado a Europa Press fuentes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, el documento se encuentra en un proceso de "escucha" con la intención de "actualizar la realidad del sector y trata de ser más flexibles para facilitar la actividad empresarial turística".