MADRID, 30 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Sección 27 de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en asuntos de Violencia Sobre la Mujer, ha condenado a Edwin O.C. como autor responsable de un delito de homicidio, con la circunstancia agravante de parentesco, a la pena de quince años de prisión por haber dado muerte a su mujer y deshacerse después del cadáver, metiéndolo en una gran bolsa y depositándolo en un contenedor de basura, en junio de 2012.
Además, el fallo, producto del veredicto del Jurado Popular, le impone la privación de la patria potestad respecto a su hija menor, la prohibición de aproximarse a ella y a otra hija, a una distancia no inferior a 500 metros, y de comunicarse con ellas por cualquier medio, durante el tiempo de 20 años, así como a la condena al pago de las costas procesales incluidas las de la acusación particular.
El acusado indemnizará también a los padres de la fallecida en las cantidades respectivas, de 35.000 euros para cada uno de ellos, así como a las hijas de 180.000 euros para cada una de ellas, a la Dirección General de Justicia de la Comunidad de Madrid, en la cantidad de 1.386,55 euros, por los gastos de desplazamiento devengados a la hermana de fallecida, Cinthia M. M. y en los intereses legales.
LOS HECHOS
La magistrada considera probado que el 11 de junio de 2012 el condenado se encontraba con su esposa, Eleuteria M.M, cuando se produjo una discusión en el domicilio conyugal, situado en la calle Hiugerras, cuando en un momento determinado "y de forma consciente e intencionada" acabó con su vida.
El procesado, al constatar que Eleuteria había fallecido, y con miedo de lo que pudiese ocurrir, se deshizo del cadáver metiéndolo en una bolsa de plástico y arrojándolo a un contender de basura próximo a la vivienda familiar sin que, a día de hoy, dicho cuerpo haya sido encontrado.
Los días posteriores el Edwin realizó actuaciones tendentes a fingir que su mujer seguía viva como enviar mensajes desde el móvil de ella y hasta aprovechó la ocasión para ir al banco y presentar un poder notarial "con apariencia de legalidad" en el que supuestamente su esposa le autorizaba a retirar 24.132,43 euros, un hecho que se investiga en otro juzgado.
El 3 de febrero de 2013, y por encargo de los padres de la fallecida, se inició una investigación policial que condujo dos años y medio más tarde a la detención del acusado.
DENUNCIAS PREVIAS POR AGRESIONES
Edwin se enfrentaba inicialmente a una pena de cuatro años de cárcel a instancias del fiscal por homicidio imprudente. En su declaración, manifestó que se trató de un accidente doméstico, ya que la mujer se resbaló desde un taburete y se mató. Mantenía que tiró el cuerpo a un contenedor de basura, pero nunca se halló ni se encontraron restos biológicos del lugar que indicó.
La familia de la víctima estaba en contra de los cuatro años que pedía el fiscal y elevaba su petición a veinte años por un delito de asesinato. La hermana de la mujer manifestó en el juicio que uno de sus hijos le comentó que éste le había confesado que había matado a su madre y había tirado el cuerpo al mar.
Tras concluir la prueba, el fiscal modificó sus conclusiones al pasar de homicidio imprudente a doloso y propuso 15 años de cárcel al estimar que hay pruebas suficientes que llevan a concluir que el hombre tenía intención de acabar con la vida de la mujer.
Según el fiscal, el acusado vivía junto a su mujer en un piso de Madrid pero las dos hijas del matrimonio residían en Bolivia con sus abuelos y tía materna. La víctima, con el consentimiento del acusado, ya había comenzado los trámites para solicitar el reagrupamiento familiar.
Sin embargo, durante los años de convivencia la mujer interpuso dos denuncias contra su marido por agresiones pero, a pesar de ello, decidió seguir viviendo él "con el único deseo de no impedir su consentimiento-autorización para seguir adelante con el proceso de reagrupación familiar".