Actualizado: lunes, 11 septiembre 2017 18:10


MADRID, 11 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 16 de Madrid ha desestimado el recurso contra la alcaldesa de San Fernando de Henares, Cati Rodríguez, de San Fernando de Henares Sí Puede (SFHSP), a la que dos ediles del municipio de IU, Sofía Álvarez y Alfredo García, acusaron de contratación irregular de un letrado.

En la sentencia, fechada a 31 de julio y a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por ambos ediles contra el decreto de la alcaldesa del 18 de diciembre de 2015 por el que se procedió a la contratación temporal en régimen laboral de J.F. García, por considerar la misma "de conformidad a derecho". Además, condena en costas a los recurrentes.

Ambos ediles alegaban en su recurso que el informe en el que se basa la contratación había sido elaborado por un funcionario eventual y personal de confianza de la alcaldesa, "que no ha demostrado cumplimiento de los principios de igualdad, mérito y capacidad exigidos al personal público, por lo que el asesoramiento especial de aquellos no debe confundirse con el asesoramiento legal que corresponde a los funcionarios de carrera, concurriendo por ello, a la nulidad radical del Decreto de nombramiento".

Añadían, además, que la contratación se realizó "sin haber publicado unas Bases, un Tribunal u órgano de selección y sin haber superado un proceso selectivo, vulnerando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, principios rectores que son exigidos por el EBEP tanto para la contratación del personal funcionario como laboral, no estando previsto en aquel la contratación del personal laboral temporal".

Por último, señalaban que se ha contratado a un abogado en régimen laboral, "cuando las funciones que desempeña se corresponden con las del personal funcionario". La Administración se oponía a la demanda y manifestaba que "no concurren las causas de nulidad invocadas, pues el hecho de haberse emitido el informe que sirve da base a la contratación por un funcionario eventual no lo convierte en nulo".

El juez explica que la oferta de contratación temporal fue remitida al Colegio de Abogados de Alcalá de Henares, al de Madrid y al Portal de Empleo del Servicio Público de Empleo Estatal Empleo y también se abrió un plazo para presentación de C.V, "habiéndose mantenido entrevistas por la alcaldesa y el jefe de los servicios jurídicos con los preseleccionados.

De hecho, el presidente del Comité de empresa reconoce en su declaración, como testigo, haber firmado el contrato que es objeto del presente recurso, "lo que formalmente se ha dado cumplimiento no solo a los requisitos previstos en el Convenio, sino a los principios de mérito y capacidad requeridos por la jurisprudencia administrativa para todos los contratos de personal al servicio de la Administración, no existiendo ningún defecto o irregularidad invalidante en la contratación efectuada por el Ayuntamiento demandado, que justifique la anulación del Decreto impugnado".

El magistrado concluye que el Ayuntamiento "ha dado cumplimiento a los principios que rigen dicha contratación, pues tratándose de un profesional abogado, parece razonable que la oferta se hubiera remitido a dichos Colegios Profesionales y al Servicio Público de Empleo Estatal para garantizar el principio de igualdad y publicidad consagrados en los artículos 14 y 23.2 de la C.E y en consecuencia, la resolución impugnada debe ser declarada de conformidad a derecho, ratificando la misma y desestimando el recurso en su integridad".

SFHSP EXIGE RECTIFICACIÓN PÚBLICA

Desde SFHSP, han señalado que "una vez más la judicialización de la política convertida en estrategia por la oposición en el Ayuntamiento de San Fernando de Henares sufre un varapalo" con la sentencia firme. "Esta judicialización de la política en nuestro municipio es muy grave, porque sólo responde a una huida hacia delante, con el único propósito de entorpecer la labor de esclarecimiento de los hechos que han llevado a nuestro pueblo a una situación financiera crítica", han indicado.

Esta labor es una de las principales metas de SFHSP, han dicho, "ya que podría derivar en un menor prejuicio económico" para el municipio si consiguen dirimir "quiénes fueron los responsables de esta situación". "Y qué mejor manera de entorpecer esta labor, que atacar a los recursos jurídicos con los que cuenta nuestro Ayuntamiento", ha lamentado.

Pero han añadido que "más grave si cabe es la politización de la labor sindical que por parte de CCOO se está llevando a cabo, ya que este sindicato apoyó públicamente está demanda, a sabiendas de que la contratación se había ajustado a los principios de igualdad, mérito y capacidad".

Por todo esto, desde SFHSP exigen la retractación pública de ambas organizaciones (IU y CCOO) "en favor de la verdad" y "el abandono de esta permanente judicialización de la política que se ha convertido en la única manera de ejercer su labor de oposición, ya que esto va en detrimento del interés vecinal y a favor de la ocultación de las
responsabilidades personales y políticas que han llevado a San Fernando de Henares a ser uno de los Ayuntamientos más endeudados del Estado español".

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